doctor AZZOLIN Fiscal:
Caso Manuel
VERA NAVAS: ciudadano español y militante del PC,
al ser secuestrado era empleado ferroviario y participaba en el gremio. Sobre
el gremio ferroviario vamos a ver que se disponía de información, donde el
propio VILAS había solicitado que se le brindara toda información sobre
actividades subversivas en ese ámbito.
Fue dejado cesante
el 24/4/76 por razones políticas invocándose la ley de prescindibilidad. El
3/11/76 secuestrado en su domicilio particular en presencia de su padre, esposa
e hijos; todos fueron maltratados y golpeados. Introducido en el piso de un
vehículo y atado con las manos en la espalda.
Tras un recorrido
de cuarenta minutos aproximadamente, fue introducido en “la escuelita”. VERA
NAVAS conocía la existencia de este lugar. Sometido a todo tipo de torturas en
el CCD y estaqueado a un elástico. Liberado tres días después.
El mencionó sus
secuelas: dijo que estuvo “mucho tiempo muerto” y que el mayor daño que se le
causó fue el que se irrogó a su familia.
El secuestro se
acredita también con el testimonio de su esposa, Blanca RUIZ, quien dio
detalles de lo ocurrido y del maltrato que sufrieron. También dijo que realizó
gestiones ante la Policía Federal, en la Embajada de España en Buenos Aires y
ante el Consulado español de esta ciudad. En una oportunidad en dependencias de
la PFA le dijeron que no vuelva y que fuera al Batallón de Comunicaciones 181,
donde había un lugar llamado “la escuelita”.
Con toda esta
prueba tenemos por acreditado el secuestro, la privación ilegal de la libertad,
los tormentos y posterior liberación de VERA NAVAS.
En materia de
documentación contamos con el legajo CONADEP 7620, y con la documentación de
Inteligencia de la que mencionamos un parte relativo a la denuncia que hace la
esposa. Relata la existencia de la denuncia, se acompañan antecedentes de la
denunciante y la víctima. Agrega la supuesta participación de la víctima en
actividades comunistas y antecedentes de ambos. En el caso de VERA NAVAS se
agrega constancia de su cesantía y en el caso de RUIZ una supuesta
participación en una marcha efectuada en el año ’59.
También
se cuenta con documentación de la Prefectura Naval Argentina, de donde surge
como antecedente la nombrada cesantía y también está fichado en la DIPBA en la
Mesa DS.
No hay comentarios:
Publicar un comentario