Caso Mario
Rodolfo Juan CRESPO: empezamos una seguidilla de
casos que tienen como denominador común, los conocemos como los “casos de
Viedma”, todas personas vinculadas entre sí por documentación de Inteligencia.
Fueron secuestrados en tiempos cercanos. La policía federal de Viedma era la
encargada de materializar los ingresos ilegales a los domicilios, el secuestro,
un primer interrogatorio muchas veces en las dependencias de la Policía Federal
Argentina, y trasladarlos a Bahía Blanca o la entrega en un punto intermedio a
CRUCIANI. También la policía federal con asiento en Viedma recogía información
de Inteligencia por orden del V Cuerpo, sobre personas ya detenidas en Bahía
Blanca. Tenemos el caso de CHIRONI por ejemplo, quien era interrogado en “la
escuelita” sobre determinadas circunstancias, la PFA con asiento en Viedma
revisaba su casa. Las únicas dos personas no detenidas en su domicilio fueron
CRESPO y CHIRONI quienes se entregaron, y eso va a generar algunas constancias
documentales que veremos más adelante.
CRESPO fue
secuestrado dos veces en el año `76: el primero fue entre el 4 y 5/7/76 cuando
fue interceptado y secuestrado en el cruce de las calles Mitre y Rivadavia.
Ingresado a la Delegación Viedma de la PFA fue sometido a golpes y amenazas,
por el comisario FORCHETTI, también con GONCALVES. El interrogatorio fue sobre
una volanteada. Permaneció allí hasta su traslado a la PFA de BB, a raíz de la
intervención de su suegro, quien por ese entonces era Jefe de la URV de la
Policía Bonaerense. Continuó siendo interrogado y recuperó su libertad el 9 de
julio. En esos días hubo un allanamiento y se llevaron a su madre y hermana,
las que permanecieron un día en la Delegación Viedma de la PFA.
Con relación al
segundo secuestro, según declaró Silvia CRESPO dijo que su hermano fue
perseguido, quien preguntaba era GONCALVES. Entre el 15 y 18 de noviembre luego
de advertir un gran número de vehículos que lo perseguían, uno de ellos el de
GONCALVES, CRESPO se comunicó con su suegro que interpeló a FORCHETTI, quien
finalmente admitió que el V Cuerpo requería su captura.
ROSAS lo lleva al
Comando del V Cuerpo, acto en el que se materializó el secuestro, ante el Jefe
del Departamento 2 de Inteligencia ALVAREZ y TEJADA, según declaró ROSAS en
esta audiencia.
Durante el tiempo
que estuvo en “la escuelita” fue sometido a torturas: “submarino”, picana
eléctrica. Recibió curaciones pero no atención médica. “El tío” y “el laucha”
eran los encargados del lugar y asimismo oyó los apodos de “abuelo”, “peine” y
“perro”.
Su permanencia en
el CCD fue atestiguada por RIAL, MEILAN, GARCIA SIERRA, BERMUDEZ. Por su parte
CRESPO dio cuenta en su testimonio de la presencia en “la escuelita” de las
víctimas RIAL, MEILAN, GARCIA SIERRA, ABEL, CHIRONI y ROBINSON.
El 17 de enero de
1977 fue trasladado a la U4 y el 19 de enero puesto a disposición del PEN por
decreto 89/77. El traslado a la unidad fue con BERMUDEZ, MEILAN y VILLARROEL en
un vehículo que lo llevó al interior de la celda, le quitaron la venda y lo
desataron.
NUÑEZ encargado
del pabellón, lo llevó en una oportunidad a una sala donde fue interrogado por
CORRES y CRUCIANI, “el laucha” y “el tío”.
Su hermana lo vio
en la unidad, al igual que a CHIRONI y MEILAN.
Su permanencia en
la Unidad 4 fue atestiguada por MEILAN, VILLARROEL, BERMUDEZ y CHIRONI.
El 22 de agosto
fue trasladado a Rawson en un procedimiento llevado por NUÑEZ, el 18 de
noviembre de 1977 nuevamente es llevado a la UP4 y el 16/2/78 pasó al régimen
de arresto domiciliario. Su libertad la recupera definitivamente en 1980.
A consecuencia de
los padecimientos, su esposa cayó en un estado depresivo y se suicidó en el año
’79.
Prueba documental
compuesta por el expte.11 y el expte. 867 de la CFABB, la ficha individual de
la UP4, el decreto 8977 PEN y el decreto 141/80, el legajo CONADEP 479, nota
del Departamento 1 Personal dirigida al Director de la UP4 que ordena la
entrega del detenido CRESPO al Comisario Inspector ROSAS.
Contamos con
documentación de Inteligencia, un memorando de 1987, cuando estaba en trámite
la causa 11/86, en el que se da cuenta de antecedentes de militancia de CRESPO
y se lo sindica como integrante de MONTONEROS.
Aquí tenemos
(exhibe) los antecedentes del año ‘87 donde se menciona su puesta a disposición
del PEN. Es interesante primero
mencionar que en este memorando de la Prefectura Naval, el asunto es continuar
con un memorando cuyo asunto era “juicio contra los militares”.
Durante el trámite
de la causa 11/86 de la CFABB, los organismos de la seguridad seguían haciendo
Inteligencia sobre las víctimas y traían a colación toda la documentación
colectada anteriormente.
Según vemos en
pantalla, su situación fue tratada en el cónclave 6, presidido por el
comandante de Subzona 51, del 21 de
abril de 1977, donde se dispone que continúe a disposición del PEN. Su
situación fue tratada nuevamente en diciembre de ‘77 en el cónclave 16, en
marzo del ‘78 en el cónclave 18, en julio del ‘78 en el conclave 22, en octubre
del ‘78 en el cónclave 25, en noviembre del ‘78 en el cónclave 26. La conclusión
es que permaneciera detenido a disposición del PEN, en algunos casos se lo
categorizó con categoría C “alta peligrosidad”.
La puesta a
disposición del PEN y su alojamiento en una unidad carcelaria, dependía de los
comandos de Subzona. Los arrestos eran efectivizados antes por los responsables
de cada área y luego trasladados, en alguna forma luego materializado por algún
decreto. Luego su libertad se decidía en cónclaves. No es que el Presidente de
la Nación decidía, eran los comandantes de la Subzona, con intervención de
otras personas: Departamento 1 - Personal, en el caso del PON lo habíamos
mencionado, tomaba intervención así como el Departamento 2 - Inteligencia y el Departamento 3 Operaciones.
La
Inteligencia, detenciones, traslados y libertades, todas fueron digitadas desde
Bahía Blanca
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