Caso Luis
Miguel GARCIA SIERRA: es el último caso de este
subconjunto de Viedma. El fue secuestrado el 26 de noviembre de 1976 a las
22:00 horas en la intersección de Colón y Laprida de Viedma, por un grupo de
tres a cuatro personas armadas que lo abordó, le vendó los ojos, lo introdujo a
un auto y lo trasladó a un descampado en las afueras de la ciudad. Le decían
que era de la misma organización que él los había delatado. Momentos más tarde
fue llevado a otro vehículo, donde lo ubicaron en la parte trasera y le
ordenaron no hacer preguntas. El trayecto duró unas horas hasta llegar a Bahía
Blanca, donde permaneció cautivo en “la escuelita”.
Conforme la
declaración que prestara en este juicio, su cautiverio duró aproximadamente un
mes, durante el cual estuvo vendado, atado a una cama, también en el piso y
sometido a interrogatorios y torturas. Recordó los apodos “tío” y “laucha”.
Dijo que sus interrogadores insistían sobre su “nombre de guerra” y lo
amenazaban con llevar a su madre a “la parrilla”. Había otras personas cautivas
en el lugar.
Su permanencia en
el CCD se acreditó con los testimonios de ROBINSON, ABEL, RIAL y MEILAN, quien
relató que oyó cuando lo torturaban.
También Gunardo
PEDERSEN dio cuenta del secuestro y gestiones realizadas para conocer su
paradero.
GARCIA SIERRA dio
cuenta del cautiverio de ROBINSON, CRESPO, AYALA, CHIRONI y FERRERI.
El 24 de diciembre
de 1976 fue trasladado a la UP4 con LAURETTI, ABEL y AYALA, efectuando un
relato similar del traslado y la recepción por parte de NUÑEZ. También fue
puesto a disposición del PEN recién el 3 de enero de 1977 mediante Decreto
1/77.
Todas estas
circunstancias están señaladas en la ficha de la unidad.
Sobre el cautiverio en la UP4 contamos con los testimonios
de LAURETTI, MEILAN y ABEL.
El 22 de agosto de
1977 fue trasladado a Rawson y a raíz de gestiones que realizaron sus padres,
con quien tomó contacto a través de una carta escrita en la unidad carcelaria,
se le dio la opción de salir del país, partiendo a España en octubre de 1977,
previo un período de detención en el penal de Caseros.
La prueba
documental que integra el caso es el expte. 77 de la CFABB, decreto 1/77 y el
decreto PEN 2768 por el que se lo expulsó del país, también contamos con la ficha
individual UP4.
Información de
Inteligencia respecto a REMIRO: este informe
menciona que entre enero y marzo’74 el nombrado trabajaba en la JUP
junto con los delincuentes terroristas (DT) entre ellos Miguel Ángel GARCIA
SIERRA, también está mencionado aquí Daniel Guillermo HIDALGO. Al final del
documento y esto es algo bastante común, se dan nombres de personas involucradas en el informe y hay una
lista de los mencionados entre los que está GARCIA SIERRA. Esto disparaba
nuevas fichas contra estas personas. Tal vez hasta ese momento no registraba
antecedentes ni de la Prefectura Naval, ni de la comisión asesora de
antecedentes.
Una cosa que
queríamos mencionar es que la información acerca de que trabajaba en el JUP,
surge del Batallón de Inteligencia 601, hasta ahí llegaban los nexos de la
información; por eso les decía que el flujo de la Inteligencia era de abajo
hacia arriba y al revés. El Batallón de Inteligencia 601 era el máximo
organismo de manejo de Inteligencia en el país.
También hay
información sobre su alojamiento en
unidad carcelaria. Tenemos aquí nuevamente la orden de alojamiento de los DS,
están GARCIA SIERRA, MONGE, CHIRONI, ROBINSON y ABEL, dice que los
correspondientes decretos PEN serían puestos en conocimiento oportunamente.
Firmada por DA PEÑA del Departamento 1 – Personal del Comando del V Cuerpo de
Ejército.
También acá hay
otra constancia, en la que se comunica a la UP4, emanada del V Cuerpo, quiénes
han pasado a disposición del PEN por Decreto 1/77 entre ellos GARCIA SIERRA,
CHABAT; etc. El documento está firmado por PALMIERI, Jefe de la División Enlace
y Registro.
Le
cedo la palabra al doctor CÓRDOBA, que seguirá exponiendo los casos.
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