miércoles, 1 de agosto de 2012

Alegato de fiscalía. 8.39 Grupo ENET.

doctor AZZOLIN Fiscal: vamos a empezar a tratar un grupo de casos cuya valoración se hará en forma conjunta, se trata de un grupo de alumnos y un profesor de la ENET nº1 “César CIPOLLETTI” que fueron secuestrados en forma contemporánea  y a raíz de la misma causa. De hecho las declaraciones de cada uno de ellos retroalimentan los casos de sus compañeros.
Voy a cambiar la metodología, hablando de la documentación de Inteligencia, no la vamos a exhibir en este caso.
En principio sobre el alumnado de la ENET había una tarea de Inteligencia desde un año antes que ocurrieran los hechos.
En la causa 05/07 ya está agregada, quiero mencionarla porque es muy rica en cuanto al funcionamiento de la “comunidad informativa”.
Uno de los documentos es un resumen de reuniones de la “comunidad informativa” fechado en septiembre de 1975: se da cuenta que en  dependencias del Comando de Operaciones de la Unidad Regional V de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, se habían realizado dos reuniones el 4 y 25 de septiemb de 1975, que estaban integradas además por miembros de la Policía Bonaerense, está el Jefe del Destacamento de Inteligencia Militar 181 que era el que convocó la reunión –Coronel Enrique SCARNATTI ALMADA-, representantes del Ejército, Marina, Prefectura, Policía Federal, Gendarmería, SIDE y Policía de la Provincia de Buenos Aires. Entre la gente de la policía bonaerense había gente  de la delegación DIPBA, con sede central en La Plata.
Este informe da cuenta que se analizó la información aportada por los distintos organismos respecto al accionar subversivo en todo el país, su evolución e incidencia en el ámbito local. Estas reuniones se realizaban contemporáneamente en todo el país.
En lo que interesa a este caso se analizó la actuación de un grupo de activistas detectado en  la ENET nº1, que surgiera como consecuencia de la detención de los estudiantes MARTÍN y DURAN, cuando salían de la escuela con unos panfletos. La “comunidad informativa” se alerta y decide trabajar sobre la posible infiltración en la ENET.
Lo interesante también es que a raíz de este caso se establecen pautas para la gestión y difusión de la información. Acuerda la “comunidad informativa”  que todo procedimiento antisubversivo positivo o no, debe ser difundido dentro de las 12 horas a toda la “comunidad informativa”. Hay que participar en el examen de los documentos secuestrados, asistir o participar en el interrogatorio de personas subversivas o coadyuvantes, si bien los interrogatorios se encargaban a los oficiales de Inteligencia según el Manual que mencionamos oportunamente, podían integrarlo miembros de otras fuerzas. Además se debía constituir dentro de los 48 horas de iniciado un caso, un grupo de trabajo a fin de integrar la información disponible, y efectuar la Inteligencia correspondiente.
Así funcionaba desde el año ‘75 la “comunidad informativa”, aún en plena democracia
Hay un legajo en el Mesa A – Estudiantil del archivo de la DIPBA sobre la ENET, en el que  se da cuenta del procedimiento de DURAN y MARTÍN. Se indica que este grupo de personas estaba identificado con la línea de MONTONEROS, y había causado problemas a la Dirección por la implantación en forma obligatoria, de un curso de Trabajos Prácticos en el último año de la secundaria. Entre los presuntos integrantes del grupo está Cesar Antonio GIORDANO, cuyo homicidio está siendo investigado en este juicio, así como su pareja María Elena ROMERO, y Sergio Andrés VOITZUK.
Se establece que el adoctrinamiento del grupo, como así también la provisión de materiales y panfletos estuvo a cargo de “Cacho”.
Esto es para demostrar el trabajo de Inteligencia que ya se hacía sobre la ENET desde el año 1975.
Caso Gustavo Darío LOPEZ: Contamos con su declaración y la de sus padres GALLARDO LOZANO y LÓPEZ. Con estos testimonios se ha probado que en las primeras horas del 21 de diciembre de 1976, tres hombres ingresaron a su casa en calle Las Heras 958, lo introdujeron en un vehículo DKW encapuchado, hicieron un recorrido y atravesaron una tranquera y lo entregaron. Los padres coincidieron en la descripción del secuestro, fueron amenazados con armas de fuego y la madre encerrada en una de las habitaciones donde escuchaba los gritos de su hijo. El padre vio como se lo llevaban encapuchado con una funda de almohada.
Presentó un hábeas corpus y también hizo averiguaciones en las comisarías de la zona, con resultado negativo.
La víctima fue ingresada al CCD “la escuelita” y fue sometida a interrogatorio bajo tormentos y en ese sentido su declaración fue bastante exhaustiva.
Hay que tener muy en cuenta que eran todos estudiantes secundarios, tenían entre 16 y 17 años al momento del hecho.
Fue atado y vendado, sometido a golpes, amenazas, simulacros de fusilamiento, expuesto a la intemperie. Condiciones en las que estuvo hasta el 15 de enero de 1977. En otra habitación y tras ser careado con ZOCCALI, fue torturado por aplicación de corriente eléctrica. Padeció también un segundo interrogatorio feroz.
Su presencia en el CCD se encuentra corroborada por la declaración de sus compañeros ARAGON, ROTH, VOITZUK y BAMBOZZI.
Mientras LOPEZ estaba en cautiverio, su familia fue amenazada y perseguida. María GALLARDO contó que el día 28 de diciembre  fue al Comando sabiendo que estaba allí y fue recibida con una andanada de disparos que pegaron cerca de donde estaba parada, le dijeron que se fuera o deberían dispararle.
A mediados de enero la familia fue visitada por un grupo de personas armadas, y un teniente o sargento los amedrentó.
Caso José María PETERSEN: con su declaración testimonial, está probado que el 20 de diciembre de 1976 aproximadamente a las 22:00 horas fue secuestrado. Por una pequeña ventana en la puerta de ingreso una persona introdujo un arma y obligó a su padre a abrir la puerta. Irrumpieron un grupo de personas vestidas de civil, que encerraron a sus padres en el baño, revisaron la propiedad, vendaron a la víctima y lo llevaron a “la escuelita”.
María Ester GIMENEZ describió el secuestro de su hijo, en la declaración incorporada por lectura. Su padre presentó un hábeas corpus.
También se cuenta en este caso con un pedido de informe de Inteligencia de la Prefectura en el que se solicitan los datos del hábeas corpus.
La declaración de la víctima y la de los compañeros de la ENET con quienes compartió cautiverio, acreditan su permanencia en el CCD, donde sufrió la aplicación de torturas. Cautivo hasta el 13/1/77 vendado, amarrado y esposado, sometido a un interrogatorio inicial con golpes y un interrogatorio final con aplicación de corriente eléctrica.
Su presencia en “la escuelita” se encuentra corroborada por las declaraciones de LOPEZ, MENGATTO y BAMBOZZI. En el interrogatorio fue preguntado por su relación con los nombrados, así como respecto a VOITZUK, ROTH, IGLESIAS y otros.
En “la escuelita” se comunicó con ROTH, MENGATO, VILLALBA y CARRIZO.
Hay un elemento fundamental para determinar su presencia en el lugar, contamos con los apuntes de la información brindada bajo tortura, que aparecen en la base de datos de Inteligencia de la Prefectura Naval. Hay mención de su interrogatorio, está pasado a máquina, están los apuntes manuscritos tomados en el momento (exhibe).
De la documentación PETERSEN narra las circunstancias de su secuestro. Hay un apunte del 24 de enero 1977 en el que se consignan diversas manifestaciones, dijo haber sido sometido a picana eléctrica atado a una cama.
Caso Gustavo Fabián ARAGON: a través de su declaración se encuentra acreditado el secuestro de la víctima, ocurrido entre el 20 y 21 de diciembre de 1976 en el Barrio Mitre de esta ciudad. Los captores  requirieron a su padre que lo lleve hasta donde estaba su hijo, en un club cercano. Allí fue abordado por cuatro personas de civil que lo introdujeron a un vehículo y fue trasladado hasta su casa en el Barrio Tiro Federal, donde se desarrollaba un operativo con personas fuertemente armadas y apostadas en las viviendas vecinas, con la presencia de dos vehículos más. De allí fue llevado hasta el CCD, donde permaneció cautivo hasta mediados de enero del ‘77. Sometido a prácticas de tortura mientras era interrogado, en una sala cercana al lugar de cautiverio, donde fue desnudado y se le aplicó corriente eléctrica; sufrió otros tormentos como la introducción del cañón de un arma en su boca y otra sesión de torturas al final de su cautiverio, con simulacro de fusilamiento.
La presencia de ARAGÓN en “la escuelita” está sustentada por la declaración de Gustavo LOPEZ quien reconoció a su compañero.
Caso Renato Salvador ZOCCALLI: durante su declaración testimonial relató las circunstancias de su cautiverio: fue secuestrado en el transcurso del mes de diciembre de 1976 por personal del Ejército, que se presentó en su domicilio a bordo de dos camiones. Fue trasladado en uno de los vehículos al Batallón de Comunicaciones 181, donde estuvo encerrado en una habitación, esposado, durante tres días. Sometido a interrogatorio por un oficial y personal de esa dependencia. Un viernes a la noche fue encapuchado, introducido en un vehículo y trasladado en un corto recorrido hasta un CCD.
Por su declaración y la de otros compañeros, se comprobó que estuvo secuestrado en “la escuelita” más de treinta días, y sometido a interrogatorios bajo torturas. Estuvo tirado en el piso, vendado y atado con las manos atrás, sometido a golpes continuamente, a interrogatorios con aplicación de electricidad en el cuerpo y careos con otros compañeros de colegio. Coincide con lo declarado por LOPEZ, que fue careado con él el 21 de diciembre 76.
Este dato permite ubicar el secuestro de ZOCCALLI en días previos al 18 de diciembre de 1976, contando los tres días previos transcurridos en el Batallón. Por último  considerando que el retiro de “la escuelita” se produjo el 13 de enero del 77, lo que se encuentra comprobado por el informe de Inteligencia de Prefectura y lo manifestado por la víctima, que estuvo secuestrado allí durante más de treinta días, es razonable concluir que  el secuestro se concretó durante la primera mitad de diciembre de 1976.
El cautiverio de ZOCCALLI se encuentra acreditado igualmente con la declaración de CARRIZO, quien mencionó a la víctima como uno de los encerrados en el CCD.
Documentación de Inteligencia: hay una nota de octubre de 1979 del Ejército al Jefe de Prefectura, la sección de Informaciones o de Inteligencia. Es un pedido de antecedentes. El distribuidor indica que el original fue enviado a la Prefectura Zona Norte y el duplicado en el Destacamento de Inteligencia 181. El Prefecto PARINI responde al Destacamento.
Caso Eduardo Gustavo ROTH: Tal como ocurrió en el “juicio por la verdad”, ROTH no pudo declarar en el debate debido a las graves secuelas que le dejó lo padecido. Esta circunstancia debe ser tenida en cuenta por el Tribunal al momento de evaluar la extensión del daño causado.
La prueba de los hechos está integrada por sus declaraciones prestadas en la causa 13/84 de la Cámara Federal de la Capital, y causa 8622 CFABB, las que permiten tener por acreditado su secuestro el  20 de diciembre de 1976 a las nueve y media de la noche en su domicilio de Salta 771 de esta ciudad. En ambas declaraciones ROTH efectuó un relato coincidente, en el cual indica que fue secuestrado por un grupo de tres personas armadas y de civil, que ingresaron a su domicilio, encañonaron a la víctima, revisaron la vivienda, encerraron a sus padres y  lo introdujeron encapuchado y con las manos amarradas,  en un vehículo Gordini rojo, trasladándolo al CCD.
El testimonio de Elba MARTINEZ es coincidente. El episodio también es relatado por  Guillermo Adolfo ROTH, quien  supo por sus padres que su hermano fue secuestrado cuando estaban cenando.
ROTH fue sometido a interrogatorios con electricidad, aplicación de golpes, careado con CARRIZO. Dijo que las torturas le causaron períodos de delirio y hasta un desmayo.
Dieron cuenta de su presencia en la escuelita LOPEZ, PETERSEN, GALLARDO y MENGATTO.
De este modo tenemos acreditado que ROTH fue ingresado a “la escuelita”, torturado en el lugar y permaneció allí  por un período superior a los 20 días.
Caso Carlos CARRIZO: el secuestro se encuentra probado por su testimonio en este debate: dijo que en diciembre del ’76 fue retirado forzosamente de una fiesta en la que estaba trabajando como  disk jockey, y fue conducido a su domicilio por un grupo de cuatro a cinco personas encapuchadas, para luego ser trasladado al CCD “la escuelita”.
CARRIZO estuvo allí, vendado y atado a una cucheta, sometido a golpes e interrogatorios.
Fue careado con ROTH que declaró en esta audiencia, también su presencia en “la escuelita” fue acreditada con la declaración de LOPEZ. También mantuvo diálogo con PETERSEN en el CCD.
Caso Ricardo MENGATTO: con su declaración se encuentra demostrado que fue secuestrado el 20 de diciembre de 1976 en su domicilio de Ingeniero Luiggi 650, un grupo de personas armadas invocando la calidad de policías, ingresó violentamente a su casa y lo trasladó a “la escuelita”. Las circunstancias del secuestro quedaron comprobadas asimismo con el recurso de hábeas corpus presentado por su padre –Primo MENGATTO- el mismo día, ante el Juzgado Federal de Bahía Blanca.
Su cautiverio se encuentra acreditado también por la testimonial de la víctima, quien dijo haber estado allí, vendado, por un período de alrededor de treinta días, de los cuales alrededor  quince transcurrió en el piso con las manos atadas atrás y el resto atado en una cucheta, con las manos por delante.
Corroboran su presencia en el CCD las declaraciones de LOPEZ, ARAGON, PETERSEN, GALLARDO, VOITZUK y LEBED. En el documento que presenté antes sobre PETERSEN consta el cautiverio de MENGATTO.
La víctima relató también las torturas sufridas: en tres ocasiones fue sometido a interrogatorios con torturas, la primera de ella mediante golpes y las otras dos con aplicación de picana eléctrica sobre el cuerpo.
Con las declaraciones de MENGATTO y Pedro GALLARDO queda acreditado que tras 30 días de cautiverio fue abandonado por sus captores en calle Inglaterra de esta ciudad.
Caso Sergio Andrés VOITZUK: Ya señalada en el ‘75 como parte del “grupo de infiltrados” en la ENET. Está probado el secuestro del nombrado entre las 21:00 y 22:00 horas del 20/12/76, por un grupo de personas armadas que ingresó en su domicilio de  Santiago del Estero al 600, le colocó una capucha en la cabeza frente a su familia, lo introdujo en un vehículo y lo trasladó hasta “la escuelita”.
Su madre Susana FELMAN presentó un hábeas corpus el 22 de diciembre de 1976 donde se consigna un relato similar. El propio relato de la víctima acredita su cautiverio en el CCD hasta el 21 de enero de 1977.
Fue sometido por lo menos en dos ocasiones a interrogatorios con torturas: la primera al ingresar, con paso de corriente eléctrica, en una sala distinta a aquella donde transcurrió su cautiverio, la segunda con la colgadura sobre un tanque de agua durante un día. Hemos escuchado relatos en otros casos de similar método de tormento.
Su presencia en “la escuelita” se encuentra acreditada con los relatos de LOPEZ, MENGATO, BAMBOZZI y VILLALBA.
LOPEZ en particular, atribuyó el episodio del colgamiento por su condición de judío y otros tormentos, como la aplicación de alcohol puro sobre las heridas, mientras quien se lo aplicaba se refería a la víctima como “judío hijo de puta”.
En la declaración de PETERSEN, registrada el 24 de enero de 1976, mencionó que fue interrogado sobre VOITZUK.
Con el testimonio de la víctima y las declaraciones de BAMBOZZI y VILLALBA, se corrobora que VOITZUK fue retirado el 21 de enero de 1977, trasladado en un vehículo y abandonado en cercanías a Tornquist.
Tenemos acreditada también la persecución a la familia durante su cautiverio: VOITZUK relató que sus padres fueron visitados por un subteniente con la finalidad de extraerles datos. Dijo que según supo personal militar se constituyó en el domicilio de otras familias de alumnos de la ENET.
Entre la documentación de inteligencia contamos con antecedentes de VOITZUK, ya mencionados, en junio del ‘75. Se dice que el causante sería activista con un grupo de la UES, que actúan en la ENET, participarían en reuniones fuera del colegio, y se sospechaba que era responsable de la distribución de panfletos. En junio ‘76 se menciona que está catalogado como simpatizante de MONTONEROS, junto con otras personas habría efectuado una pegatina de obleas de MONTONEROS en el baño de la ENET. En septiembre ‘76 figura como alumno de tal especialidad. En julio del ‘84 se menciona que acompañó a una delegación de la CONADEP, denunciando haber sido detenido ilegalmente en “la escuelita”. Los causantes visitaron el lugar.
Nuevamente un dato más para ver como ya en democracia, cuando se estaban empezando a gestar los juicios por los crímenes cometidos por el Terrorismo de Estado, el mismo estado terrorista seguía haciendo tareas de Inteligencia.
Hay una ficha de VOITZUK en esta información de Inteligencia, desde que era estudiante secundario.
Caso Néstor Daniel BAMBOZZI: con su testimonial se encuentra acreditado que fue secuestrado el 20 de diciembre de 1976 en su domicilio de Humberto Primo 565 de esta ciudad, por personas armadas y  de civil, en presencia de sus padres y hermano menor, lo introdujeron en un vehículo y lo llevaron a “la escuelita”.
El secuestro se encuentra probado a su vez, a través del hábeas corpus presentado por su padre Juan Pedro BAMBOZZI.
Permaneció hasta el 21 de enero de 1977 en el CCD, atado y vendado en el piso de dos habitaciones diferentes, colocado en forma sucesiva. Desde el ingreso fue sometido a torturas con aplicación de electricidad en el cuerpo y golpes permanentes.
La permanencia de BAMBOZZI en “la escuelita” se acredita con la declaración de sus compañeros VOITZUK, MENGATTO y VILLALBA.
Por su parte en la declaración realizada por PETERSEN el 24 de enero de 1976 dijo que fue interrogado con relación a BAMBOZZI en el primer lugar de detención.
Se encuentra demostrado a través de  los testimonios de la víctima, VOITZUK y VILLALBA que el  21 de enero de 1977 fue retirado en un vehículo y luego abandonado en Ingeniero White. La familia sufrió hostigamiento y persecución durante su cautiverio.
Personal del Ejército una semana después de su secuestro, hizo un operativo en la cuadra y  buscó el proyectil que dispararon sus captores durante la sustracción. Sus padres recibieron una llamada en la que le dijeron que “dejaran de dar vueltas” porque de otra forma les iban a colocar una bomba en el auto, en alusión a las gestiones que efectuaron, en particular por las recorridas que hacían por “el camino de la carrindanga”. Este caso guarda una lógica común con el caso de VOITZUK, respecto de la extensión del aparato criminal mientras las víctimas estaban en cautiverio.
Caso Emilio Rubén VILLALBA: la víctima ha fallecido según se acreditó oportunamente, en virtud de lo cual el Tribunal dispuso la incorporación por lectura de sus declaraciones.
El nombrado fue secuestrado el 27 de diciembre de 1976 aproximadamente a las 22:00 horas en el Barrio “Rosendo López”, por tres individuos armados y de civil, quienes encerraron a su esposa en el baño, vendaron a la víctima, la ataron y lo llevaron a “la escuelita”, donde le sustrajeron su documento de identidad, una alianza y un reloj.
El hecho está igualmente comprobado con el recurso de hábeas corpus que presentó su esposa María Ester TRICI en el que se efectúa un relato similar.
La víctima oportunamente declaró que permaneció en el CCD, vendado y atado con las manos por detrás de la espalda, hasta el 21 de enero de 1977. Dijo que fue sometido en tres ocasiones a tormentos, con aplicación de electricidad y colgadura hasta perder el conocimiento. Fue careado con BAMBOZZI.
Su permanencia en “la escuelita” se confirma con las declaraciones de sus compañeros LOPEZ, ARAGON, ZOCCALLI, MENGATTO, GALLARDO, BAMBOZZI, PETERSEN, VOITZUK, ROTH  y CARRIZO.
Héctor Eusebio HERRERO, Rector de la ENET, dijo que luego de su liberación VILLALBA se encontraba muy lastimado con las muñecas lesionadas.
En este archivo de Inteligencia de PETERSEN (exhibe), da cuenta de un compañero de cautiverio, mencionó la presencia de VILLALBA en el CCD y que fue interrogado con relación a esta persona.
Con las declaraciones de VILLALBA, BAMBOZZI y VOITZUK, quedan probadas las circunstancias de su liberación, cuando fue trasladado con estas dos personas y luego fue abandonado en las inmediaciones de Torquinst.
En la documentación de Inteligencia de marzo del ’79 VILLALBA tiene antecedentes desde  mayo ‘63, en el que se menciona un procedimiento en su domicilio, y se menciona que investigaciones realizadas permitieron establecer que el causante presentaría ideología comunista y mantendría en su poder material de esa tendencia. En dicho procedimiento hallaron y secuestraron regular material propagandístico, fue detenido y se le iniciaron actuaciones con intervención del juez federal en turno.
Caso Alberto LEBED: sus declaraciones se incorporaron  por lectura, atento las secuelas de su cautiverio que le impidieron estar presente en este debate. Su secuestro ocurre el  20 de diciembre de 1976 por un grupo de personas armadas y de civil, que irrumpió violentamente en su domicilio de Entre Ríos 1351, amenazó a sus padres y hermano presentes, le colocó una capucha y lo trasladó hasta “la escuelita”. El hecho está demostrado también por la  declaración de su hermano Daniel Horacio y el recurso de hábeas corpus presentado por su padre Horacio LEBED.
Su cautiverio se extendió por aproximadamente treinta  días, fue sometido a prácticas de torturas con paso de corriente eléctrica y golpizas con objetos.
Su presencia en el CCD está acreditada por las declaraciones de sus compañeros MENGATTO, PETERSEN, LÓPEZ y BAMBOZZI.
Fue liberado con posterioridad a los otros alumnos, fue retirado de “la escuelita” y lo llevaron a un descampado detrás de las vías del Barrio “Palihue Chico”.
Caso Guillermo Pablo GALLARDO: él declaró en este juicio y relató que su secuestro tuvo lugar entre las últimas horas del  4 de enero 1977 y las primeras del día siguiente, en las inmediaciones de su domicilio de calle Thompson 750. Ese día tomó conocimiento por intermedio de su abuelo, que un grupo armado y a cara descubierta había irrumpido en su domicilio mientras se encontraba ausente. Mientras se dirigía hacia su casa, junto con su padre y su cuñado, fue interceptado por otro grupo de personas que amenazó con armas a su padre, metió a la víctima dentro de un vehículo y lo condujo a “la escuelita”.
El hecho fue demostrado por su declaración y la de su cuñado RUFRANCOS en este debate, y la denuncia efectuada por su padre Pedro GALLARDO en la Comisaría 1ra.  de esta ciudad,  con la declaración de su cuñado FERNÁNDEZ en el marco del sumario policial, que contiene un relato similar respecto a la forma en que GALLARDO fue secuestrado.
Obra en la causa documentación de la DIPBA en la que se registró la denuncia de la Privación ilegal de la libertad del padre de GALLARDO: señala que la sustracción de la víctima se concretó entre la 1:30 y 2:00 del día siguiente (5 de enero de 1977) y que sus captores se trasladaban en dos vehículos.
La víctima permaneció cautiva en “la escuelita” durante 15 días. Fue sometido a diversos tormentos: golpizas, atado a una cama desnudo con cortes en el cuerpo durante dos días, aplicación de corriente y suministro de un suero que adormeció sus extremidades.
Su permanencia en el CCD está corroborada por los testimonios de LOPEZ y MENGATTO, con quien compartió cuchetas y la mala alimentación.
Se encuentra acreditado con los testimonios de GALLARDO y MENGATTO, que fue liberado en horas de la noche: ambos fueron subidos a un vehículo y abandonados en la esquina de calles Charlone y Malvinas.
Caso Guillermo Oscar IGLESIAS: con su declaración en el juicio quedó acreditado que fue secuestrado en las últimas horas del 27 de diciembre de 1976 de su domicilio de Patricios 235, por un grupo de dos personas que le colocó una venda en los ojos, lo introdujeron en un auto y lo trasladaron a “la escuelita”.
El hecho también se encuentra acreditado por el hábeas corpus  presentado por su padre Francisco IGLESIAS, en el que hizo relato similar. Del mismo surge que la sustracción de la víctima había ocurrido a las 0:45 hs. del 28 de diciembre.
Estuvo en “la escuelita” hasta las ocho de la noche de ese día, vendado y atado en el piso. También  fue sometido a tormentos: golpes y picana en el cuerpo.
La presencia en el CCD está acreditada con el testimonio de MENGATTO y con las constancias del informe de Inteligencia de PETERSEN.
Fue retirado del CCD en horas de la noche del 28 de diciembre de 1976, trasladado en vehículo y abandonado en inmediaciones de su domicilio.
Hay seis alumnos de la ENET que compartieron un cambio de modalidad de cautiverio, cuando los sacaron una noche de “la escuelita” y luego de un simulacro de liberación, continuaron cautivos en instalaciones del Batallón de Comunicaciones 181, en una habitación ubicada debajo de la oficina de MANSUETO SWENDSEN, cautiverio durante el cual fueron sometidos también a interrogatorios y torturas.
Caso Gustavo LOPEZ, ROTH, PETERSEN, ARAGON, ZOCCALLI y CARRIZO: ellos fueron retirados del CCD el 13 de enero de 1977 alrededor de las 22:00 horas y llevados en dos vehículos hasta la parte posterior del cementerio local, donde fueron entregados a otro grupo militar por medio del armado de una “falsa liberación”. Tal como hemos visto ayer en el caso de RUIZ, RUIZ y BOHOSLAVSKY. Gustavo LÓPEZ declaró que fue retirado junto a ROTH en el mismo vehículo utilizado para su secuestro, y llevados a la parte trasera del cementerio, donde fueron abandonados junto con otro grupo de secuestrados. Agregó que al minuto se hizo presente un camión del Ejército que tras aguardar a las víctimas, las condujo al Batallón donde fueron encerrados en una celda preparada para seis personas, con seis camas, seis colchones y seis toallas. LOPEZ relató que uno de los oficiales jóvenes que participó en el operativo, tenía una identificación: era el subteniente MÉNDEZ.
Los seis cautivos coincidieron en sus relatos en que esto no fue un operativo de liberación, solo un “pase de manos”.
El carácter simulado de este operativo, se encuentra probado con la declaración de ETCHEVERRY, conscripto al momento del hecho. Mencionó la existencia de un operativo, al que concurrió manejando una ambulancia, y que fueron abordados a ese vehículo cuatro o cinco chicos que estaban vendados. Frente al pedido de uno de los chicos,  le quitó la venda, pese a lo cual no podía ver. Un suboficial le ordenó que se la volviera a colocar.
Relató que uno de los jóvenes comentó que los habían rescatado los mismos que los secuestraron.
Se encuentra acreditado también con este relato, la intervención del equipo de combate contra la subversión o Agrupación Tropas.
Ya en el Batallón fueron sometidos a interrogatorios con los ojos vendados en un lugar ubicado en el primer piso y permanecieron en cautiverio hasta el 21 de enero de 1977, conforme surge de las declaraciones de las víctimas y la documentación de Inteligencia.
Tanto la habitación adaptada para recibirlos, como el recorrido por la escalera hasta el primer piso y la ubicación de la sala donde los interrogaron, fue reconocida por Gustavo LOPEZ en la inspección judicial dispuesta por este Tribunal.
PETERSEN declaró que en el Batallón fue interrogado en dos oportunidades. El primero con los ojos vendados. Dijo que su familia tuvo conocimiento de su presencia en esa sede militar, recién al segundo o tercer día de encierro. Este interrogatorio es el que consta en la documentación de Inteligencia ya mencionada. LOPEZ también refiere haber sido objeto de interrogatorio con los ojos vendados. ARAGON que el segundo día de encierro fue interrogado, vendado, en un piso superior.
ZOCCALLI  declaró que fue sometido a encierro bajo vigilancia militar en el Batallón. ROTH también comentó que fueron aislados en un calabozo por aproximadamente seis días. Al día siguiente del traslado fueron interrogados por personal militar de Inteligencia.
CARRIZO dijo que fueron interrogados y obligados a suscribir un acta. Dijo que en esa oportunidad relató lo que les había pasado.
El secuestro de los alumnos de la ENET y el cautiverio de un grupo de ellos en el Batallón de Comunicaciones 181 fue reconocido por el imputado MANSUETTO SWENDSEN, en ese entonces Jefe de la Unidad, en su declaración indagatoria durante el debate. Agregó que los jóvenes fueron colocados en los calabozos de la guarnición.
También en su declaración, Alberto TARANTO dio testimonio de su cautiverio. Dijo haberlos revisado en una dependencia de la unidad militar, observando en uno de ellos excoriaciones producto de haber estado atado. Dijo que el capitán GARIMALDI le exhibió varias fotografías de los alumnos en las asambleas. Este aspecto coincide con lo relatado por MANSUETO SWENDSEN, quien dijo que la detención de los alumnos respondió a la información sobre los mismos en el Centro de Operaciones Tácticas, que los vinculaba con actividades subversivas.
También con la declaración de las víctimas se encuentra acreditado el grado de deterioro físico: todas perdieron entre 10 y 20 kilos de peso, tener heridas e infecciones.
PETERSEN contabilizó una herida en el tobillo, una mano insensible y una herida en las cejas y nariz.
LOPEZ y CARRIZO coincidieron en la descripción de esas lesiones. No obstante el estado de las víctimas, ninguna de ellas fue llevada a un hospital para ser atendida. Únicamente fueron revisados por un conscripto médico, que incluso dijo haber concurrido por su cuenta tras el pedido de un familiar de uno de los cautivos.
En síntesis, el operativo militar montado bajo la apariencia forzada de un “rescate” se hizo para “blanquear” la situación de las víctimas, lo que surge como conclusión habiendo valorado todas las pruebas aportadas.
Hay una cuestión más que no queremos dejar pasar por alto, que tiene que ver con la participación de la Iglesia: los jóvenes en el Batallón de Comunicaciones 181 eran visitados por un cura, que intentaba calmarlos en vez de hacer lo que tenía que hacer, que era denunciar esa situación.
Además otros testigos dieron cuenta del secuestro de los alumnos de la ENET y su profesor, como han sido GUERIN, DELUCHI, PARTNOY, SANABRIA, MEILAN, RIAL, AYALA, BERTANI, PÉREZ y CHABAT.
Le cedo la palabra al doctor CÓRDOBA señor Presidente.
GUTIERREZ (DEFENSOR) aprovechando el intervalo, se le puede pedir al colega de Fiscalía que indique la caja o las fojas que corresponden a PETERSEN, sobre todo las actas de tortura y funcionamiento de la comunidad informativa.
Presidente: señor Fiscal, la caja o alguna aproximación.
AZZOLIN: están agregados materialmente a la causa 05/07, si me da un tiempo prudencial le doy las fojas, el resto de la información, lo que tiene que ver con PETERSEN.
Presidente: hágalo llegar a Secretaría, y el señor Defensor las puede pasar a retirar y consultarlo en Secretaría.
GUTIERREZ: mañana paso entonces.
Presidente: o a la tarde, como Ud. quiera.
GUTIERREZ: muchas gracias señor Presidente. 

No hay comentarios: