martes, 26 de junio de 2012

Alegato del fiscal Horacio Azzolín, 26.7.12 (Parte III)





- Azzolin (Fiscal)  Gracias señor presidente. Bien, continuando el camino hacia lo que van a ser la descripción de los hechos que la fiscalía considera que se encuentran acreditados, creemos necesario hacer una breve mención a como consideramos que las pruebas incorporadas al debate tienen que ser valoradas.
En ese sentido, sabemos todos que la regla con la que los jueces se tienen que basar para valorar las pruebas, son las reglas de la sana critica que están expresamente contempladas en el Art. 398 del Código Procesal Penal que se basan en un eficaz razonamiento lógico, en la experiencia común, en las reglas de la psicología y de la experiencia. Esto, entendemos, que conlleva a apreciar los elementos incorporados al expediente sin ninguna pauta rígida, como habremos tenido en otras etapas del juzgamiento en materia penal. Y esto también explica, la inexistencia de pautas rígidas, a que los hechos tienen que ser valorados conforme a las circunstancias en las que se fueron cometiendo. En otras palabras, las particularidades de cada caso tienen que ser tenidas en cuenta por el tribunal porque son relevantes a la hora de considerar que hechos se encuentran acreditados, no es lo mismo por ejemplo el estándar probatorio que puede fijar el tribunal para acreditar la comisión de un hecho cometido a la vista de muchas personas, que la comisión de un hecho cometido en privado. Tampoco es lo mismo usar un estándar probatorio de hechos cometidos recientemente que usar un estándar probatorio similar para hechos cometidos hace mas de 30 años, cometidos desde el Estado y en el marco de un plan que estaba destinado a borrar cualquier rastro de la comisión de esos hechos. Por eso los autores de esos hechos no se identificaban, las víctimas de esos hechos permanecían tabicadas, a veces identificadas solamente por números, los secuestros eran realizados de noche, en zonas liberadas que permitían que  poca gente viera lo que sucedía, por eso no hay documentación, mucha fue incinerada por directivas expresas de lo último que quedaba del gobierno de facto y la poca documentación que quedo sigue siendo difícil de conseguir, muy probablemente porque este oculta.

Teniendo en cuenta este panorama, entendemos que la prueba testimonial es la que más se trabajó en el debate, declararon una enorme cantidad de testigos, es lo que más llevó tiempo de las audiencias, aparece en forma preponderante, es la prueba de mayor relevancia que tiene que tener en cuenta el tribunal, la prueba testimonial ya fue valorada, ya fue tenida en cuenta como elemento de prueba relevante por la Cámara Federal de la Capital federal en la causa 1384, que todos conocemos como el Juicio a la Junta, y ese lineamiento, ese criterio de dar gran importancia a la prueba testimonial ha sido seguida por una gran cantidad de tribunales que se han encargado de juzgar hechos como los que ahora ustedes tiene que juzgar. Lo que vamos a ver de la prueba testimonial es que muchos segmentos de la prueba testimonial no se construyen con un solo testigo, sino que tenemos testigos que declaran sobre diversos aspectos y la tarea que tiene el tribunal, y en el sentido también hará la fiscalía, es de ir armando las piezas, ir colocando las declaraciones en contexto y en cada lugar para ir reconstruyendo un hecho. Tal vez estemos acostumbrados a escuchar o a valorar pruebas de testigos que ven toda una secuencia delictiva, todo un segmento de un hecho, sin embargo estos juicios tienen la particularidad de que esa prueba testimonial a veces no es así, y ese es un elemento que solicitamos se tenga en cuenta. También solicitamos que se tengan en cuenta que a veces muchos segmentos de la imputación no están probado por un solo testigo, y todos sabemos que la regla que dice que no se puede probar un hecho con un solo testigo ya no está vigente en función de la sana crítica y este criterio también ha sido reconocido por muchos tribunales.

Otro elemento de prueba al cual le damos especial importancia es el que surge de la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas). Todos hablamos de la Conadep y me parece necesario por lo menos recordar que este es un organismo que fue creado por un Decreto Presidencial, era un organismo público en los términos del Art. 33 de Código Civil, sus integrantes eran funcionarios públicos, los documentos que elaboraban eran instrumentos públicos en los términos de Art. 971 Inc. 2 del Código Civil y es en plena fe de las circunstancias contenidas allí.
El trabajo de la comisión fue enorme en ese momento. Elaboró más de 7 mil legajos comprensivos de declaraciones de víctimas, de testigos, inspeccionó centros clandestinos, identificó centros clandestinos, entrevistó a miembros de las fuerzas de seguridad encargadas del aparato represivo, recolectó documentación y eso tiene mucho valor, primero porque fue realizada en una etapa muy cercana a la comisión de los hechos en un momento del país el cual no era este, segundo porque toda esa documentación fue volcada en una publicación que es el NUNCA MAS, que en algún juicio, algún abogado defensor lo considero un librito, y sin embargo es en definitiva, el resultado de un trabajo hecho por funcionarios públicos, y es en definitiva el resumen de instrumentos públicos que son los legajos Conadep que fueron incorporados al debate.
Simplemente el informe permite comprobar la existencia de centros clandestinos, la existencia de una metodología que se aplicó en todo el país, y eso es muy importante porque la Conadep se encargó de recoger testimonios a lo largo de todo el país y permitió describir una sistemática en materia de detenciones  por grupos de tareas en determinadas circunstancias se replicaban en todos los lugares de la argentina, privaciones de la libertad, interrogatorios bajo tormentos en CCD ubicados en todo el país, como dijo el Dr. CORDOBA, argentina se había convertido en un gran centro de concentración, lo que pasaba en Bahía Blanca se replicaba en salta, lo que pasaba en Mar del Plata se replicaba en Bs As, lo que pasaba en Neuquén se replicaba en Tucumán, esto no es azaroso, esto respondía a un plan y es lo que permite demostrar de por sí la incorporación del Nunca Más al debate, más allá de que luego vamos a ver que todas esas circunstancias se acreditan en todos y en cada uno de los hechos que vamos a considerar probados. Obviamente, el informe de la Conadep acredita la existencia de un Golpe de Estado y de la usurpación del poder constitucional por parte del Ejército Argentino, entre 1976 y 1983, hecho que por lo demás es de público y notorio conocimiento, sin embargo nos parece interesante recalcarlo.

Otro elemento de prueba y que tiene que ver con el planteo que se hizo recién son los legajos de la Ex Dirección de Inteligencia de la Provincia de Buenos Aires, la DIPBA, que fue cerrada en 1998, y cuyos archivos fueron desclasificados y transferidos a la Comisión Provincial de la Memoria de La provincia, que actualmente la gestiona en el marco del juicio por la verdad que realiza la Cámara Federal de La Plata.
Algo introdujo el Dr. Córdoba en su exposición, ese archivo que era el archivo del área de inteligencia de toda la provincia d Bs As estaba basado en fichas, esas fichas remitían a legajos, esos legajos estaban clasificados en factores: políticos, social, económico, religioso, estudiantil, laboral, y luego en mesas o secciones. Destaco algunas: la actividad estudiantil y política que era la mesa A, la gremial que era la B, el comunismo que era la C y la mesa de delincuentes subversivos DS. Lo relevante de este archivo, algo vimos recién, es que más allá de documentar la forma en que se realizaba espionaje político e ideológico en nuestro país hasta no hace tanto tiempo y desde hace mucho tiempo atrás de la comisión de estos hechos, es la existencia, y esto es lo relevante, de información concreta de los casos que vamos a juzgar, o que el tribunal tiene que juzgar y que permite acreditar entre muchas otras cosas la investigación ideológica de las que eran objeto muchas personas de la sociedad bahiense, incluidas muchas de las víctimas cuyos casos estamos juzgando aquí. La existencia de ese archivo muestra como era de esperarse que la burocracia estatal estuvo presente durante la dictadura militar, generando constancias documentales que escaparon en algunos casos la incineración dispuesta en los últimos meses del gobierno de facto.
Claudia BELINGIERI 11:38 declaró en el debate y explicó como estaba organizado el archivo, más allá de que esta información es pública, comento lo que significaba la comunidad informativa, también fue mencionada hace unos minutos por el Dr. CORDOBA, y esto tiene que ver, para entender la importancia que tiene este archivo y la importancia que tiene que dársele, por lo menos a criterio nuestro, a la prueba documental que surge de allí. No es el archivo de la ex DIPBA un colección de  papelitos que algún policía trasnochado se dedico a juntar. Esto era parte de un plan establecido que tenía que ver con la existencia de la comunidad informativa a la que hizo referencia BELINGIERI, que es una de las peritos que gestiona el archivo, y probablemente sea una de las que más conozca en materia de información de inteligencia en el país. Esto es la muestra de la comunidad de inteligencia en Argentina, porque este archivo no solamente tienen casos relacionados con las víctimas de Bahía Blanca, hemos encontrados casos de la provincia de Salta, de otras ciudades de la provincia de Buenos Aires, hemos encontrado casos de la provincia de Córdoba, de Tucumán, y eso que tiene que ver con el viaje de la información que hacía a lo largo de todo el país a través de las comunidades informativas. Las comunidades informativas no existían solo en Bahía Blanca, existían en todo el país, están documentadas por ejemplo en Córdoba las reuniones de la comunidad informativa encabezadas por Benjamín MENENDEZ; Jefe del III Cuerpo de Ejército con los integrantes de las áreas que operaban en la provincia de Córdoba en ese momento. Están documentadas en actas que fueron encontradas de casualidad en la sede de la delegación Córdoba de la Policía federal Argentina.
Esa información se distribuía a todo el país, porque dentro de lo que estaba establecido como plan del Ejército era necesario que todas las áreas tengan información relacionadas con los “delincuentes subversivos” o las actividades políticas y gremiales, y eso tiene que ver con la caracterización de todo un aspecto de la sociedad argentina, por eso muchos años después en uno de los informes que destacó el Dr. CORDOBA, la Prefectura Naval solicitaba antecedentes ideológicos de determinadas personas, donde iban a buscar estos datos, a archivos como los que nos estamos refiriendo. Obviamente esos archivos no eran exclusivamente de la policía, sino que se nutrían de todas las áreas, y por eso tenemos incorporados al expediente información que enviaba o solicitaba  la Prefectura Naval Argentina al Ejercito, a la policía Federal, a la policía de la provincia de buenos aires, a la Secretaria de Inteligencia del Estado en ese momento. La comunidad informativa se nutría de todos estos elementos, y la información circulaba desde los últimos estratos del poder hacia arriba y viceversa. La información fluía de abajo para arriba y de arriba para abajo, fundamentalmente por los que los integrantes de la comunidad informativa de las altas jerarquías no tenían la bola de cristal para saber quienes estaban enmarcados en lo que ellos consideraban actividades subversivas. Esa información se obtenía de la información del trabajo de campo que realizaba la actividad de inteligencia. Luego vamos a ver que ese trabajo de campo que realizaba la actividad de inteligencia estaba fundamentalmente nutrido de la información que extraían a los detenidos bajo tormentos.
Durante el debate, si ustedes recuerdan, declaró ya el año pasado un ex comisario RAVI que termino detenido. Entre las actividades que realizo RAVI, y esto a título informativo, estaba la de integrar la Dirección de Inteligencia de Bahía Blanca, y cuando yo le pregunté cual era su función, él menciono la de reunión de información, reunión de documentación, dijo algo así. Mucha de la actividad de inteligencia tenía que ver con recolectar recortes de diarios, establecer cuáles eran los blancos potenciales en la ciudad, donde estaban las usinas, donde estaban los caminos, donde estaban los puentes. Muchos S2 dicen que su actividad de inteligencia se limitaba solamente a eso y es verdad que reglamentariamente esa actividad de inteligencia tenía por objeto eso, pero lo que queremos dejar sentado desde ahora y luego vamos a trabajar sobre eso, que esa no era la única actividad de inteligencia  y cada uno de los documentos que vamos a ir mencionando a lo largo de esta exposición demuestran que eso así no pasó, una pequeña muestra de eso es esa tarea de inteligencia sobre una misa, realizada sobre quien estaba y sobre que se estaba hablando en ese momento.
Estos elementos de prueba son algunos de los pilares que consideramos necesarios, sobre los que vamos a basar nuestra acusación, lo que solicitamos al Tribunal es que tenga en cuenta estos elementos, tenga en cuenta el contexto histórico en el cual fueron cometidos los hechos, sepa de las particularidades probatorias que tiene la realización de estos casos. Lo que pedimos no es un sistema de valoración Ad Hoc de pruebas, sino que agoten la capacidad de rendimiento de la sana crítica para acreditar los segmentos de imputación, no podemos juzgar hechos cometidos hace treinta años en un plan sistemático de exterminio y de ocultación  con los mismos baremos que juzgaríamos hechos cometidos en democracia a la vista de todos.

Adelantándonos un poco más no podemos empezar a trabajar sobre los hechos, el juicio, sin hablar del contexto nacional en el que se produjeron, es que claramente la comisión de estos hechos por los cuales vamos a formular acusación, se enmarcan en el funcionamiento de una estructura estatal y legal que tenía como objeto un plan clandestino de represión comprensivo de una masiva y sistemática violación a los derechos humanos.
En otras palabras, lo que nosotros consideramos que se encuentra acreditada es la existencia de un circuito represivo ilegal que operó de manera clandestina en el país durante todo el gobierno de facto, entre los años 1976 y 1983.

El primer tribunal que se encargo de analizar esta cuestión fue la Cámara Federal de la Capital, en el famoso Juicio a la Juntas, que ahí analizó los sucesos ocurridos en el denominado Proceso de Reorganización Nacional, analizó el sistema represivo y consideró que los hechos que se investigaron allí, y eso también es relevante, se seleccionó una gran cantidad de casos que se consideraban representativos del plan en todo el país, se juzgaron hechos de todo el país, y sostuvo que los hechos que se tuvo por probados, y citó: “Constituían un sistema operativo diseñado por los comandantes en jefe de las tres fuerzas y que dispuso al margen del orden constitucional una manera de luchas contra la subversión terrorista que básicamente consistió en: capturar a quienes pudieran resultar sospechosos de tener vínculos con la subversión de acuerdo con los informes de inteligencia, conducirlos a lugares situados dentro de unidades militares o bajo su dependencia, una vez así interrogarlos bajo tormentos a fin de obtener los mayores datos posibles acerca de las personas involucradas, someterlos a condiciones de vida inhumanas con el objeto de crear subsistencia moral, efectuar todo lo descripto en la clandestinidad más absoluta, para lo cual los secuestradores debían ocultar su identidad y realizar los operativos preferentemente de noche, las víctimas deberían permanecer totalmente incomunicadas o con los ojos vendados y se debía negar a cualquier familiar  o allegado la existencia del secuestrado, había una amplia libertad de los cuadros inferiores para determinar la suerte del aprehendido que podía luego ser liberado, puesto a disposición del poder ejecutivo nacional, sometido a proceso militar o civil o bien eliminado físicamente.
Además integraba la garantía de impunidad con la que se movía los perpetradores de los hechos la no intervención de los organismos destinados a la intervención y represión de ilícitos y la existencia de una estructura que negaba sistemáticamente la existencia de los desaparecidos, una entelequia se dijo en  ese momento y cuando no era posible realizar eso lo que se hacían eran simulacros o remedos de investigación para justificar por ejemplo la muerte de alguna de las personas que estaban bajo cautiverio, además de eso, desde el Estado mismo se negaba la existencia de eso y se trataba de persuadir a la opinión pública local y extranjera de que las denuncian eran falsas y que respondían a una campaña orquestada de desprestigio al gobierno nacional. También se evidenció en el Juicio a las Juntas que además de la comisión de estos hechos se admitía la comisión de otros delitos que no estaban directamente ordenados, pero que podían considerarse consecuencia natural de estos hechos. Entre esos casos están los atentados a la integridad sexual de las cautivas y otros abusos de índole similar.
Todo esto se empieza a gestar desde antes del golpe de estado, a raíz del dictado de una serie de rogativas que fue posibilitando la implantación de este plan en argentina, aun durante el gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón.

El 5 de febrero de 1975 se dicto el decreto 261/75 en el que se encomendó al Comando general del Ejercito, cito textual: “Ejecutar las operaciones militares necesarias para neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos de la provincia de Tucumán”. En la causa 13, los funcionarios que firmaron ese decreto indicaron que aniquilar significaba quebrar la capacidad de combate.
El 6 de octubre de 1975 se dicta el Decreto 2770 por el que se crea el Consejo de seguridad Interna, integrado entre otros por los Comandantes de las tres FFAA, que tenía como fin asesorar y proponer al Presidente las medidas necesarias para la lucha contra la subversión y la planificación, conducción y coordinación con las autoridades nacionales para la ejecución de la lucha.
Ese mismo día se firma el decreto 2771, que facultó al consejo recién creado a suscribir convenios con las provincias a fin de colocar bajo su control operacional al personal policial y penitenciario.
También ese mismo día se dicta el decreto 2772, que extendió el accionar de las FFAA otorgando a las mismas las facultades de ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a los efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país.
El 15 de octubre de 1975 esos decretos son reglamentados por la directiva del consejo de defensa 1/75 que organizó el modo en que se iba a implementar dicho accionar, utilizando simultáneamente todos los medios disponibles, en forma coordinada con todas las fuerzas, pero poniendo en cabeza del Ejército la responsabilidad principal de la lucha contra la subversión en todo el país.

El 28 de octubre de 1975 el Comandante General del Ejercito reglamenta la directiva 404/75 con la finalidad de poner en ejecución inmediata las medidas y acciones previstas en la directiva 1, para lo cual fijo las zonas prioritarias de lucha, dispuso la división territorial del país en zonas, subzonas y áreas, conforme al plan de capacidades de 1972, esta directiva estableció como misión del Ejercito operar ofensivamente contra la subversión en el ámbito de su jurisdicción y fuera de ella en apoyo de otras fuerzas armadas para detectar y aniquilar las organizaciones subversivas. Hay una pequeña diferencia entre aniquilar el accionar de los elementos subversivos y aniquilar las organizaciones subversivas, esa es la diferencia que nos lleva a los hechos que estamos investigando aquí.

También durante el gobierno constitucional se sancionan varias leyes y se dictan varios decretos tendientes a endurecer la persecución penal de las personas que se consideraban subversivas en esa época. Lo ocurrido después del golpe d estado permitió a los jueces del Juicios a la Junta considerar que el gobierno constitucional tenía los elementos necesarios para emprender lo que se consideraba la lucha contra la subversión, básicamente teniendo en cuenta que luego del golpe de estado no se modificaron sustancialmente todas estas normas a las que hice referencia. Esto llevo a la conclusión que bajo el ropaje de un golpe de estado existió una lucha encubierta, un ataque encubierto contra un determinado sector de la población que se consideraba fuera de la ley o subversivo como explicó el Dr. CORDOBA antes. A igual tesis llega el informe de la Conadep  como he mencionado.

Voy a detallar ahora puntualmente algunas cosas relevantes de toda esta normativa que fue citada.
La directiva 1/75 dispone que las FFAA y policiales van a ejecutar la ofensiva contra las fuerzas subversivas en todo el territorio nacional para detectar y aniquilar las organizaciones subversivas. Las acciones debían obtener información sobre el aparto subversivo, crear una situación de inestabilidad permanente sobre el mismo, aniquilar los elementos constitutivos. Aniquilar los elementos constitutivos de las organizaciones subversivas no es lo mismo que aniquilar a las personas que consideraban integrantes de las mismas. Desalentar el apoyo de terceros, incrementar el apoyo de la población a las operaciones y orientar todo esto mediante operaciones psicológicas para que todo el mundo tome conciencia que la subversión es un enemigo indigno de la patria. Parte de esas operaciones psicológicas, claramente se realizaban a través de la prensa, se suma una actitud ofensiva dando amplia libertad de acción a las fuerzas para intervenir en situaciones que se adviertan como conteniendo connotaciones subversivas. Si bien se plantea que las operaciones se van a realizar en forma conjunta con las fuerzas de seguridad y policiales, las responsabilidad primaria estaba asignada al Ejército, que tenía incluso la responsabilidad primaria de la conducción de la comunidad informativa contra la subversión. Se dispone además que el Ejército al tener control operacional sobre la policía federal argentina, el servicio penitenciario federal y elementos de policía y servicios penitenciarios provinciales y va a tener control funcional sobre lo que por entonces se denominaba Secretaria de Informaciones del estado, que es la actual Secretaria de Inteligencia. La Armada y las Fuerzas áreas debían responder con prioridad a los requerimientos del ejercito, más allá de las zonas que tenían asignadas específicamente para lograr el mismo cometido. Se plantea también la existencia de una fuerte acción psicológica tendiente a generar en la opinión pública  las condiciones psicosociales que contribuyan a aniquilar la subversión, había que influenciar psicológicamente en todas las áreas intentando promover y consolidar valores que conformen el estilo de vida argentino. Textual de la reglamentación.

En el régimen funcional de esa acción psicológica que es un anexo de esa directiva, una de las zonas de prioridad era Bahía Blanca. La directiva 404 pone en discusión inmediata la directiva que mencionamos antes, se reafirman los criterios mencionados anteriormente y define fundamentalmente, y esto es muy importante, lo que es una actitud ofensiva. Textualmente: Era realizar acciones que ejerzan una presión constante en tiempo y espacio sobre las organizaciones subversivas, asumiendo la acción primeramente con actividades de inteligencia y con operaciones psicológicas.
Confirma una amplia libertad de acción a los mandos inferiores, indicando la necesidad de coordinar e integrar las operaciones con otros miembros de fuerzas de seguridad y armadas. Se plantean las zonas de esfuerzo principal y secundario, se establece la acción directa sobre las organizaciones subversivas, se llevaran a cabo teniendo en cuenta que están constituidas por elementos que cumplen diversas funciones, se manda a actuar a estas organizaciones con orden de importancia, el primero es el aparto político administrativo y luego los elementos subversivos abiertos según se los considera, luego los clandestinos y luego las organizaciones colaterales. La misma definición que el Dr. CORDOBA mencionaba en los anexos del Plan del Ejército que también están incorporados al debate. Las policías provinciales quedaban bajo el control operacional del ejército, fundamentalmente a cargo de cada comandante de la zona de defensa, podía delegar el control de la totalidad o parte de los elementos orgánicos de la policía provincial. El anexo 1 de esta directiva dedica especial atención a las actividades de inteligencia, considera enemigas tal cual surge del plan del ejercito a las organizaciones político-militares según se las denomina; PRT, ERP y Montoneros. Hay toda una exposición en estos anexos acerca de los orígenes ideológicos, cuales son los objetivos, cuales eran los objetivos del partido autentico que empezaba a nacer como el brazo político de Montoneros, todo eso lo sabemos todos.
En el anexo 3 que es el de las operaciones psicológicas también se plantea el mismo esquema de blancos, la última directiva se complementa con el plan del ejército contribuyendo al plan de seguridad nacional, así se denomina, dictado en febrero de 1976, establece muchas cosas, algunas fueron mencionadas por el Dr. CORDOBA previamente, entre ellas, la que quiero mencionar es que el Día D a la hora H se procedería a detener a las personas que se determine previamente, para lo cual debían elaborarse listas, la existencia de estas listas implica una actividad de inteligencia previa.

Todo este marco normativo se complementa con la reglamentación militar específica, estos reglamentos han sido considerados de carácter público por el Tribunal Federal Nro. 5 por las causas 117 A y 1261/1268 y además fueron incorporados como prueba al debate.
Hay varios reglamentos para citar, voy a tratar de hacer un resumen lo más conciso posible; el reglamento RC330: Organización y funcionamiento de los Estados Mayores, describe como se estructura y actúa una unidad militar. En lo importante, el Comandante de la unidad militar es el único responsable y no puede compartir ni delegar esta responsabilidad; Art. 1001, esta acompañado de un Estado Mayor que constituye con el Comandante una única unidad militar; Art. 1002, y tiene por objeto el exitoso cumplimiento de la misión del comandante. El estado mayor tiene campos de acción: personal, inteligencia, operaciones, logística y asuntos civiles, denominados G1, G2; G3, G4 y G5 respectivamente. Este esquema se replica en todos los niveles del ejército, aunque en las unidades, a diferencia de las brigadas, en vez de existir estados mayores, existían planas mayores, y los campos de acción siguen siendo los mismos, pero en vez de denominarse con la letra G, se los denomina con la letra S. En el estado mayor general del ejército se los denomina con la letra J. S1, S2, S3, S4.
De estos campos, para mencionar algunos aspectos, según esta reglamentación; inteligencia tienen la responsabilidad de coordinar todos los aspectos relacionados con el enemigo, coordinar las operaciones tácticas y reunir información. Adquirir los blancos y coordinar las operaciones psicológicas.
El área de personal administra todo lo referente al personal detenido y a todo individuo bajo control militar y tramitaba, por ende, entre otras cosas la documentación para supuesta disposición al PEN. Después vamos a ver qué personal tenía algunas otras supuestas injerencias. El área de operaciones se encargaba de los aspectos relacionados a la organización, instrucción y operaciones y debía coordinar las mismas con el área de inteligencia. La parte de logística, como su nombre lo indica, se encargaba del apoyo en materia de abastecimiento, transporte y movimiento de tropa.
Recordemos que estas áreas constituían, con el Comandante, una única unidad militar. El Funcionamiento interno de los estados mayores y de las planas estaba regulado por el reglamento de servicio interno RV210, que reitera toda esta normativa, y en lo que importa, dice que el jefe de la unidad va a emplear a la plana mayor para preparar los planes y ordenes que transformen en acción sus resoluciones.
El reglamento RC8-1 Operaciones no convencionales (Fuerzas Especiales) consideraba a la subversión una operación no convencional.
El reglamento RC8-2 Operaciones contra Fuerza Irregulares, consideraba que la contra-subversión debía individualizar los elementos de las operaciones subversivas, para destruirlos o neutralizarlos, para los cuales la inteligencia y las actividades psicológicas eran fundamentales. Nuevamente individualizar elementos, es decir, seres humanos para destruirlos o neutralizarlos.
En igual sentido se expresa el reglamento RE9-51 Instrucción de Lucha contra Elementos Subversivos, y el reglamento RC91; Operación contra Elementos Subversivos. Este último además de reiterar varios de los términos utilizados por los otros reglamentos, valora que en la lucha contra elementos subversivos tendría más valor la información transformada en inteligencia, que el despliegue de operativos militares.
La reunión de información debía centralizarse en un organismo que pudiera distribuirla, tal y como vimos la comunidad informativa. Se indica además que debía accionarse con máxima violencia, que las acciones seria violentas y sangrientas, pero se justificarían luego con operaciones psicológicas. Luego vamos a ver ejemplos de operaciones violentas y sangrientas justificadas por acciones psicológicas.
Completando aun más estas ideas, el reglamento RC9-1 Operaciones contra elementos Subversivos reafirma el carácter ofensivo de las operaciones.
El reglamento M65-1 Manual del Ejercicio de Mando disponía que las operaciones se realicen en secreto y por sorpresa.
El RV150-5 Instrucción para Operaciones de Seguridad recomendaba tener superioridad numérica y de armamentos, proceder con rapidez y con sorpresa para detener una persona.
El RC9-1 Operaciones contra Elementos Subversivos indicaba que la actividad de inteligencia constituía la base fundamental en que se apoyaba la lucha contra la subversión, y tenía como objetivo descubrir, identificar y localizar a la estructura clandestina y los elementos de apoyo, móviles y los elementos de acción. Y estarían reservados a los organismos especiales de las FFAA, policiales y de seguridad.
En esta misma línea el reglamento RC16-1 Inteligencia Táctica definía información de inteligencia, reunión de información que era la explotación sistemática de las fuentes y contra-inteligencia y disponía que el jefe u oficial de inteligencia G2 o S2 tenían la responsabilidad primaria en todos los aspectos del campo de la inteligencia. Sostenía que el personal premilitar enemigo, incluido los prisioneros, era una de las fuentes de información más provechosas, mandando a obtener la máxima información de los prisioneros de guerra mediante un hábil manejo y tratamiento desde el momento de su captura hasta que los interrogatorios finalizaran.  Pudiendo integrarse al equipo del ejército, personal de otras fuerzas armadas.
El reglamento de Examen Personal y Documentación establecía la metodología de cierta parte de los interrogatorios y establecía entre otras cosas la presencia de muchas personas en los interrogatorios, cosa que luego vamos a ver que se replica en muchos de los casos que estamos juzgando aquí.

Como resumen, lo que venimos exponiendo hasta ahora explica un claro esfuerzo estatal en atacar en lo que se denominaba en esa época; Organizaciones Subversivas. Las características principales estaban dadas por una actitud coordinada de las FFAA con las otras fuerzas de seguridad, pero con una asignación primaria de este esfuerzo en el Ejército Argentino, al que debía prestar su apoyo la Armada, la Fuerza Área y las Policías.
La actividad tenía que ser predominantemente ofensiva, se exigía acción y no reacción, en función de los blancos previamente seleccionados que ya hemos descriptos, de ahí es lógico que hayan existido listas de personas a detener, preparadas con anterioridad al golpe de estado. Las operaciones ofensivas tendientes a destruir la subversión, debían estar lo necesariamente precedidas de una actividad de inteligencia que permita reunir información para desarrollarlas. La actividad de inteligencia surgía de la reunión de información, una de sus fuentes eran los detenidos que debían ser interrogados, el responsable principal de los interrogatorios era el oficial de inteligencia el G2 o el S2, y en los interrogatorios podías haber interrogadores de otras fuerzas. Las detenciones estaban rodeadas de un importante operativo de seguridad que exigía un equipo de apoyo, uno que realizaba el cerco de seguridad y otro que ingresaba al lugar en que debía realizarse el procedimiento. Todo está escrito en los reglamentos. Debían llevarse elementos para atar y encapuchar a los detenidos, el jefe debía aparecer en el lugar del procedimiento una vez finalizado el mismo para verificar sus resultados, los operativos eran secretos, por sorpresa y generalmente de noche. A la par de las operaciones ofensivas, se realizaban operaciones psicológicas para influir en la opinión pública nacional e internacional sobre los “males” del accionar subversivo.
Del informe de la Conadep, surge claramente que la forma de las detenciones coincidían con los reglamentos que acabamos de mencionar. Eran realizadas de noche, en el domicilio de la víctima, por una gran cantidad de personas, identificadas como la patota, fuertemente armadas y apoyadas por vehículos en el exterior. Se ingresaba de sorpresa, el detenido era encapuchado u esposado y retirado del lugar. El informe también menciona como fue puesta en práctica la actividad de inteligencia, por lo demás este Modus Operandi, coincide claramente por lo relatado y padecido por todos y cada uno de las víctimas de todos los casos que estamos investigando aquí. Y de todas aquellas personas que relataron el juicio y no necesariamente son víctimas de estos hechos, sino de otros. Sobre estos testimonios vamos a volver cuando sea la oportunidad.
Este plan sistemático mencionado en la sentencia de la causa 13, compendio también el mismo contexto histórico en el cual fueron ejecutados estos hecho y abarco todo el territorio nacional, por ende los hechos que en esa causa se tuvieron por probados, constituyen por su magnitud y representatividad, un marco de referencia obligado para analizar estos hechos en el caso concreto. Además permiten reforzar probatoriamente lo dicho por cada una de las víctimas aquí.

Del informe de la Conadep, de la causa 13 y de lo actuado en la causa 4485 conocida como causa Camps también del registro de la Cámara Federal de la capital, otra de las metodologías que se tuvo por probadas es la metodología generada por la desaparición de la persona. El Dr. CORDOBA ya hizo referencia a lo expuesto en el debate acerca de lo macabro que es el concepto desaparecer, a lo que representa eso para las familias de las víctimas que no pueden elaborar el duelo. Alejandro INCHAURREGUI mencionó, y esto no solo aquí, sino en otros juicios, que una de las características principales o distintivas de la dictadura militar argentina es cantidad de desaparecidos que ha habido con relación a las dictaduras de Latinoamérica de esa misma época.
La desaparición todos sabemos que se remonta a los decretos de noche y niebla de los nazis y tiene que ver con hacer invisible a la persona, lo que estos juicios pretenden es visibilizar nuevamente lo invisible, el testimonio de cada una de la víctimas visibiliza nuevamente aquello que hace 30 años se quiso invisibilizar , es una forma de rescatar a cada una de esas personas que estuvieron privadas de su libertad, que fallecieron en cautiverio, alejadas de sus familiares en circunstancias horribles, humillantes, que no hay palabras que lo puedan describir. Esa desaparición tenía que ver también con la existencia de los CCD a los que vamos a hacer referencia más adelante.

Entonces como dijimos anteriormente todo este contexto prueba por si solo un estado de cosas, y lo que pedimos es que ese contexto sea el cristal a través del cual ustedes, Sres. Jueces, analicen todos y cada uno de los hechos que investigamos en este juicio.

Voy a referirme ahora al contexto particular de los hechos sucedidos en la zona de Bahía Blanca, y esta exposición la vamos a tener compartida con el Dr. CORDOBA que me va a seguir en unos minutos.
La realidad de la organización militar de Bahía Blanca y de la zona de influencia se compadecía al tiempo de los hechos con lo que ocurría a nivel nacional, ya hemos mencionado que alguna de las reglamentaciones mencionaban la existencia de una zonificación del país, esa es una zonificación del país que dicen los reglamentos, tenía que ver con el plan de capacidad del años 72, si bien podía aparecer respondiendo como una organización administrativa del ejercito, también respondía a una concepción ideológica que tenía que ver, como lo menciono CORDOBA anteriormente, con la estructura represiva que se había establecido en Francia para reprimir a la guerrilla de Argelia. La zonificación, la cuadriculación de un determinado territorio tenía que ver con eso también. Pese a que esta mencionado en algunas de las directivas que hemos mencionado, oficialmente el Ejercito Argentino se ha encargado de indicar que toda la normativa relativa a la existencia de áreas, zonas y subzonas, como la planificación de la represión política durante el gobierno de facto fueron destruidas por órdenes emanadas por el propio gobierno de facto. Sin embargo, hay algunos elementos que se fueron recolectando a lo largo de estos años que permiten reconstruir el panorama, por ejemplo los Anexos I, II y III de la directiva del consejo de defensa 175, donde están mencionadas las zonas. También el trabajo sobre Áreas y Tumbas, informe de los desaparecedores de Federico y Jorge MITTELBACH, informe que fue incorporado al debate, nos permite reconstruir el panorama.
Para la época el Ejército estaba desplegado en el país que había sido divido por zonas, en definitiva terminaron siendo cinco. Cuyo comando coincidía con el de cada uno de los cuerpos de ejército y en algún caso con el comando de institutos militares. En lo que nos interesa el comando de Zona V, se encontraba a cargo del comandante del V Cuerpo de ejército con asiento en esta ciudad y jurisdicción sobre el sur de la provincia de Buenos Aires, varias localidades linderas y algunas otras de la provincia de Rio Negro, incluida la ciudad de Viedma. También la subzona 52 a cargo de la Brigada de Montaña sexta con asiento en Neuquén. La subzona 53 a cargo de la Brigada novena con asiento en la ciudad de Comodoro Rivadavia. Y la subzona 54 a cargo de la Brigada onceava con asiento en la ciudad de Río Gallegos. Esta, hay que destacarlo, fue creada en 1980.
Finalmente cada subzona estaba dividida en áreas, generalmente a cargo de Unidades de Combate, en lo que interesa a la subzona 51 que es donde se cometieron los hechos, estaba integrada por el área 511, cuya Unidad responsable el Batallón de Comunicaciones 181. También teníamos el área 512 y 513. Esta distribución se basa en el trabajo publicado por Mittelbach, que no se le ocurrió hacer esto porque un día se levanto a la mañana y distribuyo el país en áreas, sino porque él mismo fue militar y se nutrió de los documentos militares a los que tuvo acceso durante el ejercicio de sus funciones. Y además así lo ha afirmado cuando prestó declaración testimonial en muchos otros juicios en los que se investigan este tipo de crímenes.
Además ese esquema termina siendo ratificado por Adel VILAS cuando declara ante la Cámara Federal bahiense, él presento un grafico en el cual aparece representado el esquema del V Cuerpo del Ejército. En muchos otros documentos aportados en el juicio, por ejemplo el Procedimiento Operativo Normal: PON, que fue aportado también por Vilas ante la Cámara Federal de Bahía Blanca se menciona a la jefatura del área 51 o del Comando del V Cuerpo de Ejército, esto para que nadie nos venga a decir que la zona no existía, que el área no existía y que la zona de defensa V tampoco existía y está documentado.
Como mencione precedentemente, además de toda la normativa que mencionamos, en la caso concreto de Bahía Blanca, parte de su actividad estuvo signada por el PON 2475, titulado Detención, registro y administración de delincuentes subversivos y que fuera aportado por Adel VILAS en su declaración indagatoria. Hubo muchos otros PON, algunos están mencionados en las normativas, alguno otro fue mencionado por CORRES en alguna declaración, pero en la mayoría de los casos estos PON no han sido obtenidos, probablemente porque hayan sido destruidos. El objetivo declarado de este PON que fue incorporado al debate, es fijar el régimen para la ejecución de las detenciones y tratamientos a someter a los delincuentes subversivos, tendiendo entre otras cosas a obtener la mayor cantidad de información posible. Se determinan como deben fijarse los blancos, lo que implica una actividad de inteligencia, también como practicar las detenciones, basadas obviamente en esa actividad de inteligencia previa. Ya que incluso se habla en el reglamento de los motivos que generó cada uno de las detenciones, hace hincapié en tomar medidas de seguridad para que el detenido no reaccione frente a la accionar militar y en el comienzo del interrogatorio del recién detenido por el jefe del operativo. Se dispone el traslado del detenido a un lugar de detención provisorio con gran injerencia del G1 personal, que era el encargado de designar el lugar a donde debería ser alojado, o incluso del traslado si el lugar estaba colmado en su capacidad. Cada detención debía culminar con un informe que era entregado al área de personal, al área de inteligencia y al área de operaciones. Que no me vengan a decir que los jefes de operaciones autorizaban casamientos.
Alojado el detenido debía darse cuenta de la detención al destacamento de inteligencia 181, cuyo personal debía interrogarlo, con el objetivo final de fijar nuevos blancos, pudiendo trasladarlo a otro lugar para facilitar la investigación. El G1 se encargaba de designar ese nuevo lugar. A cargo del G1 estaba también decidir o no la puesta del detenido a cargo del PEN y la comunicación, si se justificaba dice el reglamento, al Juez Federal. Parece que había detenidos cuya detención no se justificaba hacerle saber a la justicia civil. Incluso en caso de fallecimiento, el G1 tenía la posibilidad de infórmale o no al Juez Federal esa circunstancia. La libertad si no había méritos también estaba a cargo del G1. Una vez trasladado a una unidad carcelaria, la decisión acerca de su libertad, y eso se empareja con lo que nos dijo CORDOBA antes, era tomada por el comandante de la subzona, asesorado por el G1, G2 y G3, personal de inteligencia de operaciones.
En la cárcel los detenidos podían ser interrogados por el personal militar, previa autorización del área de personal. Y el destacamento de inteligencia debía informar diariamente al área de personal y al área de inteligencia los detenidos en procedimientos efectuados ese mismo día.
Con esta explicación le voy a ceder la palabra al Dr. CORDOBA que va a seguir explayándose sobre el organigrama del V Cuerpo de Ejercito.





Alegato del fiscal Abel Córdoba, 26.6.12 (Parte II)


Ferro (Pte): Señor fiscal, puede continuar.
Córdoba (fiscal) Muchas gracias. Voy a pasar a otro de los aspectos del alegato. ya en la parte general del alegato, donde vamos a explicar cómo ha funcionado esta maquinaria de muerte en esta jurisdicción, pero en todo el país y uno de los ejes fundamentales que ha tenido la ejecución de estos hechos ha sido la construcción de la víctima, es decir, las víctimas tienen, todas ellas en el centenar de casos tienen en común la construcción previa del agresor que es central en el terrorismo de estado. El accionar del terrorismo de estado de los acusados supone la construcción del enemigo y: configurar, construir y accionar sobre el enemigo construido siempre se hace desde el poder, pero ese poder desde el cual se lo configura siempre se ejerce sobre otro. Ese es el trasfondo que une, que identifica y que configura la identificación de estas víctimas, y ese enemigo está configurado y es a partir de su legitimación discursiva que es necesario reprimir y aplicar un poder punitivo directo contra el enemigo, porque ese enemigo está llevando a cabo un proceso lesivo que hay que detener, que hay que paralizar, que hay que subsanar de inmediato, que hay que accionar y por eso la aplicación de un poder punitivo directo.

Y ahí es donde aparece el fundamento biologicista de estos hechos. Las víctimas eran consideradas un virus instalado en la sociedad. Hay resoluciones de esta misma universidad, de REMUS TETU: “Hay que extirpar el infecto morbo de las filas universitarias” Es decir, ahí se ve el proceso "lesivo" "infeccioso", donde esa concepción biologicista tiene arraigo y es desde allí de donde han construido la noción de enemigo, y ese funcionamiento de la legitimación, es decir que la aplicación de poder punitivo se da constantemente en el campo del terrorismo de estado y esa aplicación es directa. Sin atenuantes. Y sólo montada en una legitimación discursiva.

ZAFFARONI explica cómo se da esa explicación de legitimación de poder, dice: “El concepto de enemigo en primer término no es compatible con un estado de derecho, en segundo término las consecuencias de aceptar que el disidente es un enemigo y la disidencia es una guerra, importan introducir un concepto espurio de guerra en el ámbito donde no se configura”. Es allí donde se entiende la falta de todo sustento de que hubo una guerra, se trata de una consecuencia de la construcción del enemigo, necesitaban un enemigo y la actividad de ese enemigo tienen que ser una guerra sino no lo pueden matar, lo pueden matar como legitimación del poder punitivo pero esa es la legitimación discursiva y el discurso legitimante de esas atrocidades le dio a estas FFAA y policiales el discurso de la Doctrina de Seguridad Nacional sobre el precepto de una guerra sucia. El concepto de enemigo sobre el que montaron la máquina de matar con la cual eliminaron a las víctimas, destrozó también todas las instituciones, que es otro de los daños de los hechos de estos acusados. Como las instituciones podrían estar cobijando enemigos se las deslegitimaba, eso explica la destrucción absoluta de todas las instituciones y los términos de esa deslegitimación es: “burocracias inútiles”, “las instituciones eran encubridoras de los enemigos”. Salvo las FFAA, ellos. Que se consideraron la reserva moral de la patria.

En este juicio ha habido testimonios como los de Ana CAREAGA que habló de la amplitud con la que se caracterizaba a los enemigos, ella explico cómo a partir de la aptitud se persiguieron todo tipo de agrupaciones barriales, sociales, políticas, sobre la base de las directivas para la actuación de las FFAA formadas en las Escuelas de las Américas; a propósito, entre los acusados hay uno que es ex alumno de dicha escuela en PANAMÁ; Osvaldo PAEZ, quien en la indagatoria hizo un repaso de su carrera militar, pero omitió este paso que, obviamente, está en su legajo. También Claudia BELINGERI explicó como funcionó el archivo de inteligencia y cómo las diferentes clasificaciones de la década  del 60 en actividad política sindical o entidades sociales o religiosas que a partir de la década del 70 pasaron a ser directamente actividades subversivas, consideradas actividades subversivas por los ejecutores. El propio plan del ejercito que aportó VILAS en esta jurisdicción en el año 1987, cuenta con una caracterización frondosa de lo que era el enemigo y abarcaba absolutamente todas las categorías posibles de cualquiera acción social, allí eran jerarquizadas por prioridades las organizaciones político-militares que iban desde el Partido Revolucionario de los Trabajadores--ERP, Partido Autentico y Montoneros, Junta Coordinadora Revolucionaria, absolutamente todas las formas de organización política, partidaria, sociales. Absolutamente todas las actividades sociales caían en el ámbito de ese oponente caracterizado en  el plan del ejército. De todos modos la caracterización más acabada la ha dado Ibérico SAINT JEAN en la conocida frase, quizás una de las definiciones mas acabadas, insisto: primero van a matar a los subversivos, luego a los colaboradores, a los simpatizantes, enseguida a los indiferentes y a los tímidos. Es decir, al manejar la concepción del enemigo, ese enemigo siempre estaba sujeto a la muerte y la amplitud era un resorte exclusivo del represor. El propio VILAS ha dejado párrafos escritos de esto, además de los hechos que ha dejado en la realidad obviamente. VILAS sostenía que le guerrilla no es sino una parte de ese todo llamado subversión que “actúa en universidades, en televisores, en diarios, en revistas, en cines, en teatros, en los divanes de los psicólogos y adláteres”. Una concepción totalmente abarcativa de todos los ámbitos sociales que pueda tener una persona, es entonces donde esa legitimación discursiva conduce a despersonalizar al enemigo y es allí hacia como derivamos que fueron crímenes ontológicos, es decir, la sanción que estas personas aplicaron a las víctimas, el homicidio, la tortura, la desaparición se lo aplicaron a las víctimas por que “Eran”. No les importaba lo que hayan hecho o que estuvieran por hacer, o lo que pensarían hacer. El crimen ontológico es decir: la muerte de la persona, la sanción, la aplicación de un poder punitivo por lo que eran, en Argentina fue ubicar en la categoría de subversivo a alguien por el solo hecho de ser; peronista, de izquierda, militante social, religioso, tercermundista , alcanzaba con que sean eso, no importa lo que hubieran hecho.

En este juicio se preguntó mucho, en reiteradas oportunidades, a las víctimas de qué se los acusaba, es decir, una vez que estaban secuestrados de qué se los acusaba, de qué los acusaron en el centro clandestino, en las cárceles. Y las respuestas variaban pero eran indistintas, se los acusaba de ser, con cualquier pretexto de pertenecer a una u otra organización; el crimen que estas personas cometían en la visión del agresor era que eran. De allí la categoría de crimen ontológico. Además había quienes obviamente transgredían el "orden social" y tenían una actividad política intencionada contra la dictadura, pero eso no es materia que el tribunal deba juzgar.

En esta construcción del subversivo se dan varias instancias, el propio concepto de subversivo es tardío dentro de la ciencia política, es un concepto que en la década del 60 pero que adquiere su total dimensión cuando se lo identifica con el enemigo. A partir de esta "enemistad" donde se legitima este discurso de crimen ontológico y vuelvo a citar a ZAFFARONI quien dice: “Al enemigo lo construye una agencia empresaria moral que hegemoniza el discurso positivo y el poder criminal masivo, hasta que otra agencia se lo disputa, comenzando por negar primero la peligrosidad hasta que se construye otro que va a venir a ser el verdadero enemigo que va a generar una verdadera emergencia”. En esta ciudad el enemigo subversivo dejó lugar en el año 1978 al chileno, que conforma una buena parte de la sociedad bahiense; luego, fue el organismo de derechos humanos y así en una dinámica incesante que llega hasta el presente donde la marginalidad social sigue siendo marcada como el enemigo, a partir de construcciones que legitiman la aplicación del poder punitivo.

Pero otro de los pasos que se da en esta construcción legitimante del poder punitivo, es cuando al enemigo "subversivo" se los transforma en "delincuente subversivo", una vez que una actividad subversiva es calificada como un delito, se le quita todo contenido político, pasa a ser un infractor de la ley, pasa a ser alguien que no tiene, o que es indistinto cualquier motivación ideológica; entonces pasa a ser simplemente alguien que violo la ley 20.840, no importan sus motivaciones políticas, ideológicas, para a ser un delincuente y es donde se legitima desde otro lado, desde el infracción de la ley y desde el disvalor de la delincuencia. VILAS por esto estaba en contra de esta calificación que el diario local hace continuamente, hablaba de delincuente subversivo. Sacándole todo contenido político que podía llegar a tener cualquiera de las víctimas. Era delincuente; en cambio VILAS sostenía que lo que había que hacer era tratarlos de subversivos porque la guerra que él encarnaba era ideológica. Eso también luego pasó al oponente que eso también lo ha explicado Mirta MANTARAS acabadamente. En esta “guerra contrainsurgente” que decían sostener y que decían configurar los militares, las FFAA, y la policía; es claro que el entorno de la víctima fue también afectado, fueron también victimas, y lo siguen siendo. Y se da uno de los caracteres definitorios que entiendo que desde la afectación del carácter humano de las víctimas, cuando el  accionar de estas personas estuvo dirigido a quebrar el vínculo social que define la condición humana. Los seres humanos desde el mismo nacimiento dependemos para nuestra propia subsistencia de los vínculos sociales, sino el ser humano no sobrevive tenga 1 año o 50.  A partir de esa red de vínculos sociales es que las vidas se sostienen, se expanden y las personalidades pueden llegar a tener no sólo un tipo de injerencia  social sino también algún tipo de equilibrio incluso subjetivo. Pero la actividad represiva de la dictadura, es decir, de estos acusados, estuvo directamente dirigida a afectar ese vínculo. Fueron numerosos los casos de familiares que explicaron cómo los allegados se retiraban, incluso gente que dejo de estar en sus casas, no aparecieron más en la casa de los familiares de las víctimas, dejaron de saludarlos, no querían que los saludaran, no querían acercarse a ellos; entonces es ahí donde se da ese aislamiento del familiar y hay dos aislamientos que son configurativos de la afectación del carácter humano de la víctima. Uno en el centro clandestino, a partir del aislamiento absoluto. No podían hablar, ni respirar, no podían hacer nada, varias víctimas al preguntarles qué estaba permitido hacer en el centro clandestino respondieron: nada. Vivieron mucho tiempo en un lugar donde no era permitido hacer nada. Sus familiares fuera de ese ámbito concentracionario vivieron, en otra escala, una experiencia que también afectó su condición humana, que es el quiebre del vínculo, y el vínculo social  no sólo lo utilizaron, sino que también lo usaron como transmisor de la sospecha. Por eso el alejamiento social de los entornos familiares y el aislamiento absoluto de los familiares que quedaron solos, reclamando y tratando de buscar hijos o hermanos que han desaparecido. Esa transformación del “vínculo humano” en “vínculo sospechoso” es uno de los caracteres más hondos quizás de esta represión, quizás algunos de los acusados ni supo que hacía eso. Lo cierto es que lo hizo. Lo hizo a partir de una práctica planificada dirigida a explotar esos efectos. Este proceso de aplicación de poder punitivo directo hacia las victimas tiene un desarrollo posterior, una vez que la víctima fue señalada como enemigo, fue objeto del poder represivo, desapareció, la mataron o la fusilaron en algún pasillo de algún edificio de la ciudad. Eso produce, luego de que eso se ejecuta, produce en términos sociales un movimiento en la idea social de víctima. La víctima, que pasa de encarnar el mal, a por el hecho de ser víctima… a encarnar el bien. Se da cierta transformación socialmente, por el solo hecho de haber sido víctima, empieza a transformarse en algo distinto, en lo contrario a lo que era, y ahí ocurre lo que explican los antropólogos, es que: el sacrificador es decir, los acusados, pasan a ser posibles víctimas expiatorias. Entonces antes de ser objeto de alguna consideración disvaliosa por parte de la sociedad, ser juzgados; ante eso, lo que hacen es echar mano a la dinámica y construir otro enemigo, en este caso fueron los organismos de derechos humanos, para direccionar hacia allí el mal, no siempre lo consiguen y este es uno de los casos de que no lo han conseguido.

Y voy a repasar alguna documentación de inteligencia donde queda claro la persecución que se le ha hecho a los familiares de las víctimas y que entiendo gravitan en la valoración de los hechos como en la valoración de las conductas, porque es actividad de inteligencia obviamente ordenada desde ámbitos militares, policiales o de fuerzas de seguridad que estaba dirigida y estaba basada en principio en la tortura, luego en el espionaje ilegal y explotada con fines represivos siempre.

Hay un documento secreto del año 1978, para agarrar uno posterior a todos los hechos. El documento dice: “Ceremonia religiosa por desaparecidos celebrada en Bahía Blanca” Tiene fecha del 19 de julio del 78, es un informe sobre un oficio religioso que es elevado al director de inteligencia y cuenta que: ayer a las 19 horas en la parroquia Nuestra señora de Lourdes en la calle 12 de Octubre a partir de la iniciativa del padre de la desaparecida Elsa NOCENT y en una misa que estuvo a cargo de el párroco Ernesto BAUDRY de carácter comunitario, se recordó a los siguientes desaparecidos y detalla todo un informe de inteligencia donde incluso se nombran a ANDREU, Ana Teresa DIEGO, Néstor JUNQUERA, a María GONZALEZ de JUNQUERA, Raúl METZ, Cora PIOLI, Carlos RIVERA, entre otros, es decir, un oficio religioso de los familiares hacia sus víctimas. El informe de inteligencia dice que al momento que analizan el sermón de ese cura: el sermón responsabilizó a los padres de no llevar hacia sus hijos la palabra Dios y que de ese modo debían transmitirles para evitar que sucedan cosas como las que ocurrieron. Es decir, había incluso en esos actos religiosos de recuerdo hacia sus víctimas una culpabilización hacia los padres y dice el informe: “Por lo expuesto esta delegación regional de policía dispuso un servicio permanente empleando la totalidad de la dotación en forma encubierta y reservada, merece consignarse que el sacerdote BAUDRY había concurrido ante autoridades militares locales a solicitar el visto bueno de la misa, haciéndole saber que en esa oportunidad que se hacía responsable sobre la normalidad y la mesura de la actividad. La desconcentración fue normal”. Es decir, luego de los hechos controlaban hasta los sermones en las misas que se hacían para recordar a las víctimas, las víctimas que obviamente tenían fichadas desde el momento de la tortura o del espionaje anterior.

Luego hay una nomina de familiares del año 1980, por ejemplo, producida por la comunidad informativa local que integraba el Departamento 2 y el Destacamento 181 donde se habla de la nómina de familiares que está pidiendo justicia. En el año 80 por ejemplo se menciona a: PERALTA, se da el nombre del padre; Elmo PERALTA, de la madre, el teléfono, la dirección; se nombra a RIVERA, quién es el familiar que está reclamando, donde vive, que teléfono tiene, también se reconoce la fecha del hecho; ROMERO, Graciela Alicia, que el hecho comenzó en Neuquén dice el informe del seguimiento de sus familiares, que ocurrió el 16 de diciembre de 1976, y que quiénes denuncian y reclaman son sus suegros; Oscar METZ, que vive en tal lado, tienen tal teléfono, y así con cada uno de los familiares: Norma ROBERTS por ejemplo, Rubén SAMPINI que era seguidos durante el año 80 con el espionaje, Celia KORSUNSKY, de Bernasconi La Pampa, con domicilio en tal lado, el hecho del hijo es de tal fecha y detalles. Esta actividad de espionaje no paró con la dictadura, siguió en democracia: en el año 1983 en un documento estrictamente secreto y confidencial el prefecto del zona Atlántico Norte le pide a la comunidad informativa local los antecedentes policiales, judiciales y o ideológicos de las personas de anexo y lo pide al destacamento policía 181 de inteligencia y a la policía federal por ejemplo, esto es de año 1983 de las siguientes personas. La madre de Cristina FERRARI, la madre de Horacio RUSSIN, de Nelly ANDREU, de Celia KORSUNSKY, de Nelly PERALTA la madre de José PERALTA, de Berta KOISTRA, de Ernesto MALISIA que encabezaba y encabezó hasta su fallecimiento la APDH, bregando siempre por la realización de estos juicios. Elmo PERALTA el padre de José PERALTA, de Simon TULIO RIVERA, de Pablo PIZÁ, de Héctor SAMPINI, CARCEDO, ROBERT, piden los antecedentes de Serafín ACEVEDO, el padre de Patricia ACEVEDO, de Andrés BOHOSLAVSKI y, ya que estaban, informan que en una lista de un frente político, indican que se presentó Mario Rodolfo Juan CRESPO, la victima de autos. Esto indica la permanencia de la actividad de inteligencia que luego siguió en el año 1987. Y también hay documentación de eso, durante el desarrollo del juicio contra los militares, también en documentos secretos y confidenciales, propios de un espionaje ilegal y si uno ve, por ejemplo, la ficha de inteligencia del año 1987 de Oscar MEILAN, como a partir de la tortura y de la información por la cual están acusados aquí Norberto CONDAL, Carlos TAFFAREL  Walter TEJADA y Jorge GRANADA, la actividad de inteligencia que ellos producían, y su permanencia incluso durante la democracia. La ficha de MEILAN registra que en marzo de 1976 que forma un grupo y se acerca a Mario CRESPO, Antonio ABEL, Eduardo CHIRONI, Luis Miguel GRACIA SIERRA. La lista de víctimas de este juicio. Participa en una reunión con Mario CRESPO y Héctor AYALA, participa en una panfleteada en junio del 1976, que es uno de los hechos que determina su secuestro luego y es relevante que en el año 1987 todavía circulaba entre los servicios de inteligencia que en noviembre del 1976 fue detenido en Viedma y trasladado a Bahía Blanca. El 17 de enero del 1977 fue puesto a disposición del poder ejecutivo y el 21 de abril de 1977 su situación es tratada en el cónclave numero 6 presidido por el comandante de subzona de defensa 51 y se resuelve que continúe detenido a disposición del PEN. Esto confirma lo que se ha dicho muchas veces durante el juicio, que en los cónclaves de subzona se trataban los cautiverios de las personas, lo mismo luego en septiembre del 1977 que la situación de MEILAN fue tratada en el conclave 13 donde se dispone: “que siga detenido” y también se adjunta a ese informe una lista de “detenidos terroristas liberados", que incluye a Armando LAURETI por ejemplo o a Eduardo ALVAREZ, Miguel Ángel ARIAS, Ana María DAMIANI, Héctor DUCK, todos sobrevivientes del CCD La Escuelita.  

También esta actividad de espionaje siguió contra organismos, en el año 1990, en una marcha contra en indulto, se hace lo mismo que con el oficio religioso anterior, hay un informe detallado de noviembre de dicho año: “Para conocimiento del servicio se informa que el día de la fecha a la hora 11 se dio comienzo de la concentración y marcha contra el indulto organizada por  la APDH local, habló Ernesto MALISIA, estaba Eduardo HIDALGO, habló Hebe de BONAFINI y esta hizo alusión a el ex comisario PATTI”, es decir, seguían produciendo inteligencia a partir de la información inicial arrancada en la tortura que fue nutriendo esta actividad permanente, luego se hace un repaso de quienes integraban la APDH, es nuevamente por ejemplo, Celia KORSUNSKY, desde qué día integra la APDH, y respecto de HIDALGO dice: “Argentino nacido tal día, casado con tal persona, domiciliado en tal lado. Registra en el año 1976 el comando de subzona 51 solicita su captura”. También esta agregado a la causa que esa orden de captura está firmada por Osvaldo PAEZ, es decir que a partir de esta actividad permanente de inteligencia integrada no solo por inteligencia, no solo fue responsabilidad de los acusados aquí de inteligencia sino que también esto se complementaba con operación y la transmisión de ordenes por parte de PAEZ, es decir, el comando de subzona solicita su captura, PAEZ la firmaba, circulaban, luego lo secuestraban y ahí seguía la inteligencia y la operación yendo hacia otras víctimas, esta ficha dice que respecto a HIDALGO: el 22 de noviembre de 1976 él estaba detenido en la unidad 4 por pertenecer a montoneros, ahí está la motivación de autor, es decir, a partir de asignarlo a cualquiera de las organizaciones que estaban entre los oponentes ya era suficiente para su captura. Luego aclaran que se afilió a otro partido y lo mismo ocurre con Ernesto MALISIA, o con Elmo PERALTA de quien van repasando antecedentes, dice que es padre de la “detenida terrorista desaparecida”: Alicia Nora VAZQUEZ; luego de Héctor Rubén SAMPINI, el padre de la victima desaparecida, este informe del año 90 repasa que el 22 de junio 1976, primero dice que SAMPINI está afiliado al partido comunista, es decir también estaba enfocado como posible víctima y el 22 de julio de 1976 es detenido junto con su esposa y sus dos hijos por averiguación de antecedentes y puesto a disposición del comando de V cuerpo de Ejército, el operativo de secuestro lo habría llevado adelante Prefectura pero este informe da cuenta clara que, después fueron vistos en el CCD, el 22 de julio de 1976 fue puesto a disposición el desaparecido SAMPINI del comando V cuerpo del Ejercito. Respecto de  RIVERA ocurre lo mismo, relevan que integra la comisión de familiares y así lo van haciendo con cada uno de estos familiares perseguidos después de que habían perdido a sus familiares.

Y termino esta referencia con un documento del año 1979 que la fuente es la propia prefectura, inteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano, se ratifica el funcionamiento en comunidad de la inteligencia, y hace un repaso de los factores políticos, cuál era la posición política de la ciudad, pasan por diferentes factores, y llegan al “factor insurreccional”  y dicen que no hay novedades en el año 1979 de la insurrección armada, pero dentro de este factor, los únicos hechos se registran “los protagonizan los familiares de los detenidos terroristas desaparecidos” y cuentan: que los familiares estaban juntado dinero para hacer una solicitada en un diario nacional y es por eso que están recibiendo numerosas cartas que escribieron a funcionarios relacionados con los derechos humanos. La conclusión del “factor insurreccional” es que la comisión de padres de “detenidos terroristas” continua trabajando para lograr el objetivo propuesto que es proclamar por la violación de los derechos humanos, es decir; la violación de los derechos humanos era objeto de una pretendida proclamación, no era lo que reconocían como hecho. Hablan de cómo va a evolucionar este “factor” respecto de que están esperando que venga la comisión interamericana y dicen, por último, que entre ellos mantienen una estrecha relación. Y por ultimo dice, “la comisión de la padres continuará expectante el resultado del arribo de la comisión interamericana de derechos humanos y realizaran las acciones que la comisión le proponga o sugiera. Es probable que en corto plazo logren publicar una solicitada pero siempre y cuando no tengan que abonar dinero alguno”. Esto creo que es por demás indicativo de las condiciones en la que han estado todos estos años familiares, y los sobrevivientes: perseguidos, pidiendo justicia con los lazos sociales quebrados, pidiendo justicia en la boca del lobo. Y la inteligencia, siempre con los nervios atentos, para en cualquier momento despertar sus peores instintos que comenzaba con esta persecución.

Alegato del fiscal Abel Córdoba, 26.6.12 (Parte I)


Mayo de 1973: La Nueva Provincia pide “proceder sin contemplaciones”. 24 de marzo de 1976: “Llegó el momento”, la hora de “la violencia ordenadora”. La lógica sacrificial de las FFAA, propia del mesianismo. Instituciones públicas a la clandestinidad: crímenes sin criminales. El poder ramificado que sigue vigente. Impunidad biológica: Azpitarte, Catuzzi, Vilas, Ibarra, Cruciani, Corres, Streich, Losardo, Tauber, Núñez, Gozález, Scarnati Almada, Madueño, Ogñenovich y Mayer. Los prófugos García Moreno y Alvarez. Quién es quién de los 17 imputados. El silencio como prolongación de la tortura. El pedido de Martín Fresneda: “Nacimos de esos huesos y necesitamos abrazarlos de nuevo”. La exhortación a romper el pacto de silencio. La valentía de los testigos, su entidad ética, y la confianza en el poder judicial. Julio de 1976: LNP pide juicios sumarios y pena de muerte. “Son unos cagones, no quieren fusilar”. 35 años después, el “problema futuro” de los Massot se hace realidad realidad: la hora de la justicia.




-Presidente (Dr. Jorge Ferro): Sr. Fiscal adelante.

-Fiscalía (Dr. Abel Córdoba): Muchas gracias.
Voy a empezar el alegato de la fiscalía reproduciendo los términos de una pregunta que servirá para comprender algunos aspectos del sórdido contexto local del terrorismo de estado y también la absoluta impunidad con la que actuaron estos ejecutores, a partir del accionar de las agencias de legitimación discursiva que operaban en ese entonces.
La pregunta con la que comienzo el alegato tiene estos términos: “¿Qué esperan nuestros hombres de armas para reconocer que la argentina vive un clima de guerra interna y para proceder en consecuencia sin contemplaciones ni concesiones? Esta pregunta la formulo el diario La Nueva Provincia en mayo de 1973.
Es decir, esta pregunta que cuestionaba qué esperaban para reconocer que había un clima de guerra interna, ya instalaba la ficción en el año 73 de que aquí se vivía una guerra. Es una ficción que todavía hemos tenido que escuchar de los imputados en su intento de justificar estos crímenes gravísimos por los que se los imputa, y fue formulada en mayo del 73, es decir, a dos meses de las elecciones que habían llevado al gobierno a Héctor Cámpora, y a 3 semanas antes de que asumiera. Es decir, tras 7 años de gobiernos militares ya entonces el diario LNP que por entonces era y como sigue siendo la usina ideológica de esta ciudad, monopolizando los medios de comunicación, gráficos, radiales y televisivos, lo que le reclamaba a las FFAA integrada por muchos de los acusados aquí presentes es que procedan, y ese reclamo de proceder sin contemplaciones ni concesiones lo vieron concretado. Y las FFAA, estos oficiales y suboficiales que aquí acuso procedieron de ese modo, no tuvieron contemplación absolutamente de nada.

Tiempo después, el 24 de marzo de 1976 el diario de los MASSOT titulo; “Llegó el momento”, y entonces le indico a estos ejecutores el modo en que tenían que hacerlo, el modo en que tenían que proceder, en estos términos: “Nada de rodeos, ha llegado el momento de abandonar el profesionalismo aséptico y establecer la primera distinción fundamental en una política revolucionaria, distinguir el amigo del enemigo, y a la violencia destructora y asesina hay  que responderle con una violencia ordenadora”. Es decir, esa frase que fue tomada por estos ejecutores, no es el producto de una represión improvisada, es el producto de una represión planificada, sistemática, que aun cuando fue implacable, estuvo reglamentada años antes de su propia ejecución y que fue intencionalmente dirigida hacia algunas personas, militantes sociales y políticos básicamente, a partir del cerco que establecía sobre ellos la actividad de inteligencia. En esa misma edición del 24 de marzo, LNP les indico también el objetivo de esa violencia. A quienes tenían que aniquilar, y dijo: “Al aparato subversivo, al sacerdocio tercermundista, a la corrupción sindical, a los partidos políticos” y siguió con la numeración plasmando lo que fue el plan del ejercito, lo que fueron las ordenes de aniquilación previas plasmadas por las FFAA, y advirtió por ultimo que: “A esos enemigos, al aparato subversivo, se los iba a destruir allí donde se encuentren, sabiendo que sobre la sangre redentora debe alzarse una segunda republica” Y ahí entonces tenemos otro de los componentes de estos hechos, que es la lógica sacrificial, es decir; establecían la necesidad de matar. Esa lógica de que cualquier fundación sobre lo que había iba a ser sobre la muerte, sobre la muerte de los otros, sus enemigos obviamente. Y esa lógica sacrificial es propia del mesianismo que los hacía sentir intérpretes incluso de un plan divino. Es conocida la frase de VILAS, e incluso de otros ideólogos de la represión que hablan de que oponentes y enemigos eran aquellos que se oponían al “Plan de Dios en la Tierra”. Ese fue el mesianismo desde el cual actuaron estos acusados. A partir de entonces es cuando las FFAA actuaron cumpliendo su rol favorito, ellos se consideraron la reserva moral de la patria, y en nombre de ella mataban para ello en un rol autoimpuesto, impuesto a fuerza de fuego y sangre, en un rol de refundadores.

Pensemos que históricamente las FFAA llegaron a esta geografía como parte de una ofensiva militar contra los pueblos originarios, han establecido el control social durante toda su historia. El golpe de Estado de 1955 fue gestado en esta ciudad, pero llegaron a convertirse en la época en que sucedieron estos hechos, en el ejército de ocupación de su propio territorio, a partir de la aplicación de la doctrina francesa, y lo más grave fue que pasaron a la clandestinidad a instituciones públicas, para cometer desde esa clandestinidad los crímenes más atroces que hemos escuchado durante un año en estas audiencias. En esos elementos está la configuración más precisa del terrorismo de estado, por un lado las instituciones públicas pasadas a la clandestinidad y por otro lado el instrumento de esa clandestinidad; el terror, el crimen.
El crimen fue el instrumento del terrorismo de estado que llevaron adelante estos acusados, y para generar el terror que provocaron en la sociedad, y directamente en las victimas y en toda la sociedad no usaron solo la propaganda o complotaron solo con las agencias discursivas, sino que mataron. El instrumento del terror de estos acusados fue la muerte, la eliminación para aterrorizar. Mataron, desaparecieron y fusilaron. Se apropiaron de los hijos de los enemigos, llegaron a eso. Las conductas que han cometido en ese rol clandestino y criminal están en las más graves conductas que se puedan concebir y que haya hecho una persona alguna vez. Arrancaron identidades, referencias, vínculos, dejaron a padres sin los hijos, se los arrancaron. Lo mismo a hijos sin los padres.

En esta misma sala estuvo testimoniando Adriana METZ y nos conto algo de sus vivencias, que apenas nosotros podemos imaginar. Y en referencia a este tema dijo: “Fui hija de mama y papa hasta que los secuestraron. Después pase a ser hija de desaparecidos” Esa frase es el ejemplo de cómo una persona, en este caso, una víctima dejó de tener relación filial. Dejó de ser hija de alguien, pasó a ser la hija del resultado de un crimen estatal. Entre ella y los padres quedo instalada para siempre, hasta hoy, y lo que resta de su vida, la decisión macabra de arrancar a sus padres de la vida. La misma Adriana METZ nos contó sus vivencias cuando fue madre ella y como veía a sus amigas, que también lo habían sido, recurrir a sus madres para saber qué hacer con sus hijos, como cuidarlos, que hacer en los instantes más cotidianos, incluso en los críticos, que van desde la duda de qué hacer con un hijo cuando es recién nacido, como tenerlo. Y dijo: “Yo no tenía a quien recurrir. A alguien se le ocurrió que mi mama no tenía que estar en este mundo. A alguien se le ocurrió que no tenía que estar viva”

La fiscalía está acusando en este juicio a algunos de los responsables, a algunas de esas personas que se les ocurrió que había gente que tenía que dejar de vivir, y que a partir de ello había gente que iba a vivir sin sus padres, sin los hermanos, sin los hijos.
Ese arrancar, esa desaparición también produjo una suerte de desaparición, de dilución de los autores, se diluyeron atrás de la impunidad. Y este juicio si bien no va a poder revertir el hecho irreversible que es la muerte y la desaparición, tendrá la oportunidad de revertir la impunidad insoportable en la que han transcurrido 36 años de su vida estos autores. Esa impunidad es reversible con una decisión judicial que vamos a solicitar al final del alegato.

En otra de las dimensiones también graves, si uno evalúa lo que significan los hechos criminales antes y después de las conductas de estos autores, lo mismo en que se puede concluir es que hay hasta definiciones como la de sadismo, crueldad, que significan otra cosa después de la conductas de estas personas.

Llegaron hasta oscurecer la historia. Una historia que no era pacífica tampoco, no estaba exenta de crímenes, ni de crímenes masivos tampoco, y ha sido dicho: si algún circulo le faltaba al infierno dantesco estas personas lo completaron, lo crearon, lo planificaron y lo ejecutaron. Y es así como tenemos todavía miles de ciudadanos argentinos que siguen viviendo con las secuelas de esos hechos.

En otro plano, voy a adelantar las conclusiones de este alegato. Los 94 hechos que estamos juzgando la fiscalía los considera probados a cada uno de ellos, en cada una de las circunstancias en las que se acusado, es decir la misma circunstancia en espacio, tiempo y modo de ejecución. Y en cuanto a los acusados también tenemos por demostrada su responsabilidad criminal en cada uno de los hechos.

Es un juzgamiento, vuelvo a las víctimas, abarcativo, hemos escuchado, se ha producido prueba y se juzgaran; 31 secuestros, tormentos y cautiverios en CCD, 21 secuestros, tormentos y cautiverios en CCD y luego en cárceles. 2 abandonos de personas, 2 nacimientos en cautiverios y luego apropiación, 12 desapariciones, 4 fusilamientos sin cautiverio previo y 22 homicidios sin cautiverios, es decir un total de 38 homicidios ejecutados esos homicidios en el lapso de 1 año. Hoy se cumple 1 año del inicio de este juicio, pensemos en que desde que empezamos con la primera audiencia hasta ahora hay 38 homicidios, y estos son apenas un pequeño porcentaje de todos los hechos, esto es lo que conforma el objeto procesal, pero eso nos da alguna dimensión lo que fueron las masacres que ejecutaron estas personas. Esta también probado que estos 17 acusados, que son un número representativo, formaron parte y forman todavía de un poder ramificado que no está entre los acusados en este juicio y probablemente no lo esté. Es un poder ramificado en la cual ellos son una parte, pero es un poder que sigue vigente y que contribuyó decididamente a que estos hechos se cometieran. Decía que estos 17 acusados son apenas un puñado de los varios centenares que actuaron en esta misma jurisdicción y de los miles que secuestraron y torturaron en todo el país.

Es notoria la ausencia en esta sala de GARCIA MORENO, quien se fugó al momento en que el tribunal dispuso el inicio de las audiencias y 30 años que han transcurrido desde el retorno a la democracia, que es cuando se pudo haber tenido alguna esperanza en el juzgamiento explican la impunidad biológica, la ausencia de alguno de los jerarcas locales del terrorismo de estado, me refiero a quienes comandaron la zona V de seguridad; Osvaldo AZPITARTE Y CATUZZI. También la ausencia de represores tristemente célebres como Emilio IBARRA, jefe del equipo de lucha contra la subversión, del suboficial Santiago CRUCIANI, jefe del CCD La Escuelita, de Julián CORRES que murió durante el desarrollo de estas audiencias y en el caso de CORRES al haber muerto durante estas audiencias, cuando ya estábamos escuchando a las víctimas, es notorio en ese caso como un ser tan insignificante, una personalidad sostenida en alguna trama obviamente miserable porque no cabe concluir otra cosa, pudo ocasionar tanto daño, fue esa persona determinante del sufrimiento que padece y va a padecer siempre Patricia CHABAT y muchos testigos que no pueden venir a declarar por las secuelas que les dejó. Pensemos también en TARCHITZKY a quien tuvo bajo sus manos. A Oscar MEILAN por ejemplo, que escuchaba al “Tío” decirle “dale Laucha, dale picana nomas”. Son hechos traumáticos que han marcado sus vidas, y así con infinidad de personas, desaparecidos. Esa explicación de cómo un ser tan insignificante puede producir tanto daño está, quizás si CORRES no hubiera sido oficial del ejército, hubiera cometido algún crimen quizás o no, pero menor. La diferencia está en que formo parte del Ejercito Argentino, que en esos años se había convertido en una máquina de matar. La pertenencia y la actuación en esa máquina de matar  es lo que le da capacidad de daño a un a seres insignificantes como CORRES.

También faltan en este juicios Jorge STREICH que era uno de los médicos del CCD, el torturador Antonio LOSARDO, el jefe de área de la primer parte del año 1976 Argentino TAUBER, es muy larga la lista de quienes debieron ser juzgados antes de su muerte, y también señalo que esa impunidad biológica estuvo favorecida tanto por la lentitud como la incompetencia del poder judicial en primera instancia local para tramitar con decisión estas causas. Tampoco voy a obviar a Leonardo NUÑEZ, otro de los responsables del enlace de los centros clandestinos de detención y la cárcel y los oficiales de inteligencia GONZALEZ, SCARNATI ALMADA, MADUEÑO también, el juez federal que participaba de las sesiones de tortura, y los referentes de la Iglesia Emilio OGÑENOVICH y Jorge MAYER, quienes también deberían haber sido juzgados por sus responsabilidades en estos hechos, además claro esta de Adel VILAS, pionero del terrorismo de estado que llego a Bahía Blanca con la misión especial de “extirpar la infiltración marxista” en esta universidad, y desde allí arraso con toda la ciudad, él y las FFAA, con todo el sector de la población que él creía que se oponía al plan de las FFAA que era igual al divino. Y decía que no quedan dudas de las responsabilidades de estos acusados y sólo es un repaso de algunas conductas de cada uno de ellos nos puede ilustrar claramente de que hay un núcleo de prueba producido en este debate que determina, no solo el sentido de la acusación, sino también el que tendrá que tener la sentencia.

Acá está acusado Andrés Reynaldo MIRAGLIA, por ejemplo, quien hizo de la cárcel que dirigía un anexo del CCD. Los torturadores de La Escuelita, mientras MIRAGLIA estaba a cargo de la Unidad IV interrogaban o en la Escuelita o en la Unidad IV que él dirigía. Es indudable, a partir de ahí, después veremos otras razones para determinare su responsabilidad.

Hugo Jorge DELMÉ, quien está sentado a su lado era el encargo desde su jefatura de División Registro y Enlace, que como parte del plan sistemático de desalentar, interrogar y humillar a los familiares en su reclamo desesperado y arriesgado, aun estando ante él, a reclamar por sus familiares. Hasta que les daba tanto miedo y no podían ir más, ya que empezaban a correr riesgos sus vidas. Y desde esa función represiva donde obviamente, el jefe de registro y enlace era el que aparecía con las listas de quién estaba en el centro clandestino, quien no, a quien habían matado, a quien iban a liberar o quien iban a pasar al CCD.

SELAYA, quien está sentado a la derecha. Hay una acción que fue descripta aquí por el psiquiatra de la cárcel convocado por SELAYA a la dirección de la cárcel, y entonces estaba SELAYA, lo describió bien GARCIA MEDINA, con una escopeta, un detenido tirado en el piso y le ponía la escopeta en la boca delante de un chico de 10 años, aproximadamente. Ese es, creo, un indicador suficiente del perfil de la dirección de SELAYA a cargo de la Unidad IV, además claro está que, a diferencia de los que hacia MIRAGLIA que dejaba entrar y coordinaba los interrogatorios dentro de la cárcel, SELAYA hacia distinto, dejaba que se los llevaran. Ha estado acá la victima JULIA que dijo que mientras estaba detenida en la unidad IV  fue llevada a La Escuelita nuevamente y después reingresa. Eso también documentado.

Jorge MANSUETO SWENSEN jefe de área desde el 26 de noviembre de 1976, responsable de los secuestros ejecutados en esa unidad territorial que luego describiremos, y también responsable, primero lo negó, luego lo admitió, igual había pruebas, de los cautiverios en el edificio en donde MANSUETO tenía su jefatura funcionaba un CCD, estaban secuestrados adolescentes de la ENET. Respecto de los secuestros y cautiverios que se ejecutaron, que él ejecutaba mientras era jefe de batallón, dijo que “RUIZ Y BOHOSLAVSKY, creo que alguna noche compartimos o hemos dormido en la misma unidad”. La diferencia es que algunos estaban secuestrados y sometidos a tormentos y él era el jefe de ese lugar, y no sólo el jefe, sino que quien daba las órdenes, quien disponía los medios y quien tenía en definitiva en términos jurídicos el dominio funcional del hecho.

Hugo FANTONI, jefe de personal del estado mayor del V cuerpo. FANTONI participaba en las deliberaciones una vez que se fusiló a las 4 víctimas de los que se conoce como la “Masacre del Pibe de Oro”: GIORDANO, IZURIETA; YOTTI y ROMERO, adolescentes todos. FANTONI participaba de las deliberaciones de la jerarquía militar que integraba y también era quien disponía los traslados, era responsable como jefe de personal de la permanencia en las cárceles de los detenidos y quien disponía los traslados a otras unidades por ejemplo, eso está documentado. Y cuando tuvo que trasladar a los detenidos de la Unidad IV a Rawson eligió un día particular; el 22 de agosto de 1977 como para que no queden dudas de lo que les esperaba a los detenidos cuando llegaran a Rawson.

Carlos TAFFAREL, jefe de Acción Psicológica Secreta durante 5 años, una función determinante para el montaje de los falsos enfrentamientos que se produjeron tanto en el año 76 como 77, estuvo 5 años a cargo de esa sección. Es decir un ejecutor claro, efectivo, evidentemente, porque no lo cambiaron de función, desde el destacamento de inteligencia.

Norberto CONDAL: Julio GONZALEZ CHIPONT, uno de los subjefes del equipo de lucha contra la subversión presentó documentación pidiendo ser ascendido y dijo que ameritaba su ascenso a partir de que él, junto con otro de los acusados de aquí, había participado en la eliminación de terroristas subversivos, y dijo: “Yo participé junto con el equipo de lucha contra la subversión”, lo dejó plasmado por escrito, de Patricia ACEVEDO, Carlos RIVERA, de las 4 víctimas de la “masacre El pibe de Oro”, que recién enumeré, y cuando GONZALEZ CHIPONT tuvo que ofrecer avales de esa eliminación, de las cuales él se hacía cargo junto con otras autores, ofreció a Norberto CONDAL. Firmó: esto lo puede avalar Norberto CONDAL y Mario MENDEZ también, entre otros.

Luego Jorge GRANADA, quien fue el jefe de “EL TÍO” CRUCIANI, es decir, el jefe del principal torturador del CCD, es decir CRUCIANI recibió y ejecutaba las órdenes de GRANADA. Cuando lo tuvo que calificar, obviamente, le dio la máxima puntuación. Es indudable su responsabilidad, a partir solamente de este hecho en términos concisos porque tiene un contenido, tanto delictivo como de daño enorme.

Vicente FORCHETTI fue el comisario de la policía federal de Viedma, jefe de grupo de tareas de la subzona 51 en Viedma y participaba él mismo en los secuestros, y fue reconocido en esta misma audiencia. También hacia traslados hacia centros clandestinos de detención.

Walter Bartolomé TEJADA, era el auxiliar del departamento II de inteligencia. Entre ALVAREZ, que está prófugo, y TEJADA concentran las jefaturas de inteligencia del departamento II desde el año 1974 al 1981, es decir es un oficial retirado del Ejército, determinante en la inteligencia de toda la dictadura militar en Bahía Blanca, y además obviamente, es el jefe de Julián CORRES. Es decir, CORRES estaba bajo sus órdenes, él supervisaba, él lo calificaba. CORRES cumplía las ordenes que él le daba.
El ejecutor dentro de la estructura del V Cuerpo, bajo las órdenes de Walter TEJADA.

Osvaldo PAEZ, otro de los acusados de este juicio. Presidente del Consejo de Guerra, de una guerra que sólo existía en su ficción, o una especie de justificación que necesitaran, jefe de una división y educación, no sé porque se llamara así. PAEZ fue reconocido torturando victimas, torturando a SOTUYO, lo reconoció en esta misma audiencia, torturando a BENAMO  en mayo del 76 y aparte de ser jefe de división, de estar como oficial del estado mayor torturando jóvenes, SOTUYO ha tenido 20 o 21 años y él tenía más de 40 en ese entonces. También comandó operativos en la zona, ha admitido él además de intentar escapar de la responsabilidad diciendo que contaba municiones en el Vto. Cuerpo, admitió y está documentado también, estar a cargo de operativos antisubversivos en la zona, ordenados por Adel VILAS.

Juan Manuel BAYON, jefe del departamento III de operación del V cuerpo de ejército, el único general de los acusados aquí presente, y el generalato en estas instituciones es el máxima rango al que puede aspirar un oficial, por ello tiene una connotación especial en este caso BAYON como general y como jefe de departamento 3 de operaciones al ser indagado por el juez federal  en la instrucción llegó a decir que él se ocupaba de autorizar casamientos, el jefe del departamento 3 operaciones, venia de ser el vice director de la junta interamericana de defensa y cuando se le pregunto qué hacia usted en el Vto. cuerpo  dijo: que autorizaba casamientos. Luego de estar en el departamento 3 de operaciones fue Director de la Escuela de Guerra, fue interventor de Misiones, es decir, una persona con un despliegue importante en términos políticos y militares, políticos en ese contexto dictatorial y que llegue a decir eso, obviamente es una persona inteligente, no es una persona que pueda llegar a ser abrumada por circunstancia repentina, este es el indicativo, por el cerco de prueba que existe es tan determinante, que solo le queda transitar por lo absurdo.

Mario Carlos Antonio MENDEZ, el entusiasta oficial del V cuerpo de ejército del cual hemos probado en este juicio que fue el ejecutor directo de numerosos fusilamientos en las calles de Bahía Banca; tanto en Fitz Roy 137 como en Chiclana 1009 reconocido por un adolescente como la persona que estuvo a cargo del secuestro y traslado al batallón de comunicaciones de 6 adolescentes comandando, o al menos una facción el equipo de lucha contra la subversión durante plena dictadura y de noche obviamente.

Jorge Aníbal MASSON jefe de una de las secciones de lucha contra la subversión  y no sólo un jefe formal sino también alguien que tenía participación activa en los operativos.

Héctor ABELLEIRA, si repasamos su conducta, el decía: “esta noche salgo de cacería” y esa noche secuestraron a Vilma Diana RIAL y a Oscar MEILAN y abandonaron a sus hijos. Esa conducta que ha quedado comprobada entiendo que determina el sentido de la acusación.

GONCALVES reconocido también por sus vecinos en los secuestros.

CONTRERAS que no está en la audiencia, pero también fue reconocido por los testigos en los diferentes secuestros.








Ese repaso de conductas de cada uno de ellos entiendo que constituye un núcleo probatorio, está probada cada una de esas circunstancias que ya determina el sentido tanto de la acusación como de la sentencia. Pero el juzgamiento que está en desarrollo es algo más que una acción particular o incluso excede lo que suelen ser los juicios orales en otras jurisdicciones, en que se juzga un centro clandestino. Estamos juzgando una época de esta ciudad, de esta región, la más oscura que hubo, a partir de estas conductas que fueron constantes durante toda la dictadura militar.

Estamos juzgando a los integrantes de las instituciones públicas fundantes de esta ciudad, esta ciudad fue fundada por el ejército y se está juzgando la comisión de crímenes contra la humanidad de las estructuras de poder, que queda graficado con CORRES por ejemplo. Y es el juzgamiento de un poder dictatorial parcial porque el resto seguramente depende del silencio de estos acusados que fueron, como le reclamaba La Nueva Provincia, implacables con sus víctimas y también lo siguen siendo con sus familiares. Estos acusados siguen ejerciendo la tortura, siguen con el poder que les queda accionando contra las víctimas, contra sus familiares, siguen callando la información que tiene acerca de que hicieron con los desaparecidos, que hicieron con los restos de esas personas y esa es una conducta del poder que les queda, les queda el poder de información y ese poder residual que tienen para siempre lo siguen ejerciendo contra las víctimas. No hay ninguna manifestación de dolor que los haya llevado a reflexionar a cerca de la posibilidad de establecer alguna vía de cese del dolor, y de dejar de torturar a los ciudadanos. Estas personas siguen coaccionando, siguen usando la información para que otros ciudadanos sigan sufriendo, algunos de los padres de los desaparecidos tienen la misma edad que ellos, se sabe que no queda mucho de vida, estadísticamente no queda mucho de vida y aun así lo siguen haciendo. Hay personas que llegaron acá como pudieron, aceptaron sentarse cerca de ellos, un gran gesto pacífico, de civilización, de educación es decir a los más de 80 años venir y sentarse a un metro de ellos, volver a contar y seguramente que muchos de esos padres; por ejemplo Elmo PERALTA ha pensado que estas personas han visto por última vez a sus hijos, han sido ellos quienes por última vez los vieron, quizás debajo de sus botas o cargados en el baúl de unos de los autos y vinieron acá para colaborar con la justicia, pero con la esperanza de que se iba a dar algún paso, que quizás se dé en la certeza de ese conocimiento que necesitan para pasar sus últimos días con el dolor pero habiendo obtenido una calma a partir de esos datos.

Hace poco declaró en el juicio oral de Mar del Plata, Martín FRESNEDA, hijo de desaparecidos, y dijo ante los jueces y los imputados con la misma responsabilidad que los que hay acá, al intentar explicar por qué quieren saber donde están, por qué los necesitan. Es una pauta civilizatoria milenaria, y dijo entonces Martín FRESNEDA; “Nacimos de esos huesos y necesitamos abrazarlos de nuevo”.

Hay una necesidad de cercanía material aun con los restos, lo explicó acá una de las científicas del equipo de antropología forense, una necesidad antropológica de estar cerca de una materialidad en este caso los padres. El hermano de Martín FRESNEDA, Ramiro FRESNEDA, ante el tribunal en ese momento les exigió a los acusados que si les quedaba algo de dignidad les diga que paso, no sólo con los padres sino también con los hijos de los desaparecidos.

La fiscalía del mismo modo que lo hizo la querella, entiendo que tiene la obligación de exhortar a los acusados a que indiquen si es que tienen algún dato, descartamos que sí. Un jefe de operaciones no puede no tener ningún dato de esto que ha ocurrido bajo su órbita, lo mismo con el jefe de área, lo mismo con las personas de inteligencia. Es una exhortación obviamente desesperanzada, no hay ningún indicio de que registren o le den relevancia a los efectos de sus actos, por el contrario quizás hasta allá algún goce en esa tortura que se sigue ejerciendo. Pero la fiscalía de todos modos cumple con la obligación de exhortarlos a que rompan ese silencio, dejen de torturar a los familiares que les están reclamando el cese de ese dolor y que digan que hicieron con los cuerpos de tantos desaparecidos de esta ciudad y donde están los hijos nacidos durante el cautiverio de esas madres. Decía que es con desesperanza porque estimo que van a seguir torturando, seguirán mortificando, seguirán agrediendo a los ciudadanos que han sido siempre sus víctimas y sólo harán silencio.

Antes de pasar a otros capítulos quiero destacar en contraste con las actitudes de las que ahora somos testigos, del pacto de silencio que sigue férreo, blindado con cinismo; voy a destacar la enorme valentía y la constancia de los testigos que han venido a este juicio. Han relatado por enésima vez las vivencias más traumáticas de su vida, sabiendo que se exponían no sólo a examinar cada uno de los capítulos tenebrosos que tuvieron que vivir sino, que también iban a ser acusados, hostigados, y lo fueron. Y lo han hecho con dignidad y lo hubieran hecho en cualquier condición, tienen esa característica, han declarado enorme cantidad de veces. El tribunal en eso ha sido ejemplar, ha brindado el marco de libertad como para que pudieran declarar, y voy a rescatar de la presencia de centenares de testigos, de sobrevivientes, de padres hijos. Hubieran declarado ante cualquier tribunal como lo han hecho siempre, han sido maltratados en otras instancias, pero han venido y he notado el esfuerzo que han puesto en dar cada uno de los detalles de los hechos, eso implica que han legitimado y consideran que este es un espacio legitimo de justicia y por eso se han brindado de ese modo, es decir, han dejado, entiendo, después de su testimonio, latente, una confianza, como ciudadanos, como víctimas, como afectados por estos hechos, han dejado una cuota de confianza porque el poder judicial es uno de los últimos reductos de esa confianza donde por el contexto con el que han vivido siempre una enorme presión antidemocrática, dictatorial y cruel como la que se sigue ejerciendo con la información. Descarto que los jueces tendrán la sensibilidad suficiente y el registro de lo que significa para estas personas haber venido a declarar, muchos de ellos tienen las mismas edades que los magistrados, con lo cual es fácil imaginar lo que ha sido para estas personas exponerse de ese modo, llorar en público, mostrar quizás culpas que sienten, de lo tenebroso, y lo macabro de los hechos, que han generado culpa incluso en los sobrevivientes, y expresar esas culpas en público, insisto, quebrarse públicamente por algo que les ha pasado y hacer el esfuerzo de testimoniar ante un tribunal en el cual  han depositado una confianza como representantes de uno de los órganos democráticos de la República Argentina.

Entiendo que la sentencia que resulte de este juicio debe contemplar la entidad ética que han tenido los centenares de ciudadanos que han venido a declarar. Y vinieron a declarar en una ciudad en que se les sigue haciendo difícil y que les fue hostil siempre, incluso amenazados y después de declarar en democracia, por ejemplo ante los mismos secuestradores, Oscar MEILAN tuvo que declarar como testigo ante IBARRA, que era juez militar, y cuando le preguntaron qué uniforme vio en el momento del cautiverio tuvo la valentía de responder: “El mismo que tiene puesto usted”. Esa es la entidad ética de algunas personas, la valentía que han tenido al momento de afrontar el proceso de justicia, ellos durante todo este tiempo y también ante el juicio de las juntas, los hicieron viajar en el mismo medio que viajaban sus acusadores y aun así han seguido declarando y durante muchos años los familiares y los organismos fueron los únicos interesados en este juzgamiento. En estas causas durante los años más duros que siguieron a los hechos, fueron ellos los únicos interesados en que esto sea realidad. Luego de algunos años encontraron en la fiscalía, en Hugo CAÑON específicamente, al funcionario que con la lucidez, la inteligencia y la valentía suficiente puedo acompañarlos, decidió acompañarlos y ahí entonces fue cuando se lograron los avances fundantes de este juicio. Y es por ellos; por los familiares, por las victimas que no han cesado pese a las distracciones sociales, a las urgencias sociales, no han cesado de marcar que estaba todavía pendiente juzgar estos hechos. Y lo mismo ocurre con Hugo CAÑON, que pese a ser sancionado, presionado, cercado por las instituciones que integraba, por el poder judicial, decidió llevar adelante con mucha valentía este proceso que va culminando en este juicio. Y es por ello que hoy estamos acá y en esta instancia.

Por último, en esta introducción voy a hacer referencia a la metodología porque influye en el modo de la prueba, en el modo de valorar la prueba. La metodología que estos acusados eligieron para los hechos, fue la metodología de la clandestinidad y el anonimato, es decir, no firmaron las ordenes de ejecución, directamente ejecutaron y esperaron escondidos en ese anonimato la impunidad que les ha llegado hasta hoy y que debe terminar. Ese era uno de los modos posibles de hacer las cosas.

El 6 de julio de 1976, imaginemos que el país ya era un gran campo de concentración y mientras los comunicados del V cuerpo de ejército se difundían en las páginas de La Nueva Provincia con las versiones falsas de falsos enfrentamientos, con cautivos en los centros clandestinos. En este contexto La Nueva Provincia le pedía a las fuerza armadas que: “Abandonaran la absurda y forzada mentalidad legalistas, realicen sus juicios sumarios y apliquen la pena de muerte dictada por autoridades militares”.

Esta exigencia de unos de los poderes institucionalizados de la ciudad fue traducida por un marino amigo de la casa, obviamente de la nueva provincia, el capitán Adolfo SCILINGO, quien tenía trato con Federico MASSOT quien por entonces  era el asistente de dirección  del diario y SCILINGO publico después en los 90 lo que decía Federico MASSOT: “Son unos cagones, tenemos generales, almirantes y brigadieres de papel, no quieren fusilar , no quieren muertos, no quieren problemas con la iglesia combaten la subversión sin firmar la sentencia de los muertos, eso les traerá problemas futuros” les advertía MASSOT  y el diario La Nueva Provincia a los militares.

El problema futuro que le preocupaba a MASSOT en plena dictadura no es otro que la actuación de la justicia, la actuación de esta justicia que 35 años después estamos tratando de hacer realidad en esta sala, en relación a solo un grupo, insisto, pero un grupo relevante de ideólogos, ejecutores, y planificadores del terrorismo de estado en esta jurisdicción.