jueves, 3 de junio de 1999

El delito que no cesa

También la Cámara Federal de Bahía Blanca investigará el destino de los desaparecidos
Página/12

La Cámara Federal de Bahía Blanca dispuso investigar el destino de los desaparecidos en su jurisdicción y de los bebés nacidos en cautiverio. Es el único tribunal que declaró inconstitucional la ley de obediencia debida.

Por Horacio Verbitsky
La Cámara Federal de Bahía Blanca también investigará el destino de los desaparecidos adultos y de los bebés nacidos en cautiverio, para lo cual convocará a audiencias públicas como las que está celebrando su homónima de La Plata. Así lo decidió el tribunal en respuesta a un pedido de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Bahía Blanca y de familiares de las víctimas. La resolución del tribunal contiene elementos jurídicos singulares: invoca la Convención Interamericana sobre la Desaparición de Personas según la cual el delito se continúan cometiendo hasta que se determina qué pasó con la víctima, sostiene que en un país civilizado la respuesta al derecho a la verdad deben darla los jueces y señala que el esclarecimiento de lo sucedido no interesa sólo a las víctimas directas sino a toda la sociedad.

El derecho a la verdad, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró en el caso Velázquez Rodríguez, fue reconocido en 1996 por la Cámara Federal de la Capital, que inició averiguaciones sobre lo sucedido con secuestrados por el Ejército y la Armada. Pero la Cámara Federal de La Plata fue la primera en convocar a audiencias públicas, que se están realizando en este momento. También se pusieron en movimiento las causas en Córdoba. Causas por el destino de los bebés desaparecidos se instruyen en los juzgados federales de los jueces María Servini, Adolfo Bagnasco y Cristina Garzón de Lezcano.

El derecho que asiste a los familiares “de conocer acabadamente lo realmente ocurrido con las personas que sufrieron y sufren una desaparición forzada se extiende a toda la sociedad como una necesidad vital para mantener una organización que contenga elementales presupuestos que hagan posible una convivencia civilizada asentada sobre la verdad y la Justicia”, dice la resolución de la Cámara Federal de Bahía Blanca, notificada por su presidente Luis Alberto Cotter, quien dispuso dar intervención al Fiscal General Hugo Cañón para que “ejerza la representación que tiene de los manifiestos intereses sociales comprometidos”.

La Cámara invocó como marco jurídico para su decisión la Declaración Universal de los Derechos del Hombres y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que desde la reforma de 1994 tienen rango constitucional, y de la Convención Interamericana sobre la Desaparición de Personas. El artículo III de esta Convención dice que el delito de desaparición forzada de personas “será considerado como continuado o permanente mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima”. Para determinar lo acontecido a las personas desaparecidas es necesaria “la ubicación de testimonios, archivos o cualquier otro elemento”. Ni las leyes de punto final y de obediencia debida ni los decretos de indulto “impiden de ninguna manera el ejercicio del derecho que le asiste a los damnificados, como a todo el conjunto social, de obtener la verdad por medio de la intervención de los jueces, única vía que tiene un país que se precie de ser civilizado”.

La Cámara dispuso que se tramite por separado la investigación sobre “dos casos de criaturas nacidas, y posteriormente sustraídas, de mujeres privadas ilegalmente de us libertad y que habrían estado en el Centro Clandestino de Detención ubicado en el Cuerpo V de Ejército con asiento en esta ciudad”. Esos casos no han sido precluidos ni perdonados por las leyes de punto final y de obediencia debida. La Cámara abrió la causa a prueba y otorgó 15 días para proponer medidas al fiscal general y otro tanto en forma consecutiva a los presentantes. Cañón es el único fiscal que dictaminó sucesivamente la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad del ex presidente Raúl Alfonsín y de los decretos de indulto del presidente Carlos Menem y la Cámara Federal de Bahía Blanca es el único tribunal del país que declaró inconstitucional la ley de obediencia debida. En la admisión, tramitación y recepción de las probanzas que se ofrezcan actuará el tribunal en pleno. El mecanismo para las audiencias públicas posteriores será decidido más adelante. La parte resolutiva declara que los presentantes tienen “derecho a conocer el modo en que sus familiares fueron objeto de la represión ilegal vigente en el período comprendido entre los años 1976 y 1983 y las circunstancias relacionadas con su desaparición y eventualmente el destino final de los cuerpos”.