Por Dr. Martín Gras*
El juez
federal de Bahía Blanca Claudio Pontet –magistrado ad hoc designado por sorteo
y que tiene pendiente la recusación realizada por la Fiscalía, el 18 de
diciembre de 2014, por no ofrecer garantías de imparcialidad en juicios de lesa
humanidad– no reparó en dictar la falta de mérito de Vicente Massot, dueño del
diario La Nueva Provincia, en una causa en la que se investiga al
empresario periodístico por su participación central, justamente en crímenes de
Lesa Humanidad cometidos durante la última dictadura.
Claudio Pontet (Foto @pontet9) |
A Massot
se le habían realizado realmente dos imputaciones: la primera, por su
participación en el secuestro, la tortura y el asesinato de Miguel Ángel Loyola
y Enrique Heinrich, dos obreros y dirigentes gráficos de La Nueva Provincia.
La segunda, por haber utilizado el diario no sólo para enmascarar los
asesinatos por parte de la dictadura cívico-militar, sino fundamentalmente,
para actuar de soporte y actor principal con la “acción psicológica” militar
que permitió “dotar de sentido” al proyecto del genocidio reorganizador.
La
Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) destacó jubilosamente
la importancia del fallo absolutorio –sin hacer ninguna referencia a la
escandalosa sucesión de emboscadas judiciales que fueron modificando la
composición inicial del Tribunal– y textualmente anunció con inocultable aire
victorioso que el fallo “es un ejemplo en medio de tantas manifestaciones
oficiales para urdir, como acaba de pronunciar la Sociedad Interamericana de
Prensa (SIP), causa de acoso a la prensa que se ha mantenido reacia a la
prepotencia de gobiernos que han procurado sin éxito someterlas”.
Este
texto, no curiosamente se centra en la segunda de las imputaciones, es decir,
la vinculación Massot-La Nueva Provincia-Acción Psicológica. Es que un
par de dirigentes gráficos asesinados no constituyen para ADEPA otra cosa que
una “baja colateral” en el proyecto que buscaba el disciplinamiento de la
sociedad argentina y la instalación de lo que fue la reorganización neoliberal
más brutal que había conocido, hasta ese momento, la Argentina.
Lo que
realmente preocupa a ADEPA, la SIP y obviamente al diario La Nación, que
es quien bate los parches de esta auténtica complicidad jurídica-dictatorial,
es que los fiscales José Nebbia y Miguel Palazzani “se atrevieron acusar a
Massot de haber cometido hechos de acción psicológica y de realizar tareas de
inteligencia”. Esto es el verdadero núcleo de la cuestión.
Más allá de la sentencia de La Nueva Provincia
Lo que se
estaba juzgando en Bahía Blanca no sólo era el doble crimen sindical impulsado
por una patronal brutal, sino el rol de la prensa como elemento imprescindible
en la construcción de una lógica de creación, justificación e instalación de
memoria en un proceso genocida. En Bahía Blanca no se juzgaba solamente a un
hombre, ni siquiera a un medio de prensa. A través de ellos se juzgaba al
núcleo mismo del poder. A los dueños impunes pasados y presentes de la
construcciones hegemónicas.
Es que
para comprender quiénes fueron/son los verdaderos responsables estratégicos del
proceso de reorganización nacional, –más allá del accionar operativo-táctico
del elemento militar/policial–, es imprescindible entender que, junto a y más
allá de esa “burocracia hegemónica de sustitución” –como definió Rouquier a las
Fuerzas Armadas– existía/existe una red cómplice de
instigadores/beneficiarios/partícipes necesarios. No profundizar en esa trama
de actores del poder, limita los alcances del resultado judicial, y
paradójicamente los objetivos estratégicos de las políticas de Memoria, Verdad
y Justicia.
El camino
argentino para exorcizar sus demonios siguió –realmente la mayoría de las veces
se adelantó– a uno de los documentos clave de la ONU en materia de Derechos
Humanos. El 60/147/05 “Principios y directrices básicas a interponer recursos y
obtener reparaciones”. Tras ese nombre extenso y burocrático trata, en el
Principio 23, de las condiciones necesarias para la reparación última: las
garantías de “no repetición”, las que nosotros llamamos Nunca Más. En él exige
“la promoción de la observancia de normas de Derechos Humanos en la
Administración Pública, las Fuerzas de Seguridad, los medios de información…”
Curioso emparentamiento de actores.
Genocidio, medios de comunicación y acción
psicológica
La
búsqueda de profundización causal llevó, necesariamente, a la acusación fiscal
a reflexionar sobre una pareja de conceptos que aparecen como lógicamente
“encadenados”: genocidio y medios de comunicación. La pieza articulante entre
los dos es la herramienta de la Acción Psicológica. Esa siniestra tríada
apareció en su totalidad en el juicio de La Nueva Provincia.
Los
fiscales de la causa encuadraron los crímenes como “acción psicológica”
vinculada a un plan general de exterminio (genocidio). Es decir que van más
allá de la idea de una suma de delitos individuales y los consideran parte de
un dispositivo complejo.
Daniel
Feierstein, uno de los mayores expertos internacionales en la temática,
considera que la construcción de prácticas genocidas requiere, necesariamente,
recorrer una serie de pasos. Esta “periodización” tiene, en nuestra opinión un
eje transversal comunicacional. Este debe sustentar una política sostenida
temporalmente en forma persistente antes, durante y después de la actividad de
exterminio en sí. Identificación, aislamiento, debilitamiento (previo),
destrucción, justificando/ocultando (durante), aceptación y naturalización de
lo hecho (posterior). Ese último paso, la inclusión de lo actuado en un
pasado-presente es esencial para la consolidación del fin buscado por los
genocidas y delimita el campo de batalla de las políticas de memoria.
El reglamento del miedo
Las
técnicas militares que constituían el puño de acero del Terrorismo de Estado
encubrían/estructuraban sus intervenciones sobre la sociedad civil bajo el
escéptico nombre de “Operaciones de Acción Psicológica”. De vieja tradición
colonial francesa, el Ejercito Argentino las aplicaba –encuadrándolas en la
creatividad de sus propios “aportes”– bajo el título de Directiva RC5-1
(Reglamento de Operaciones Psicológicas).
En su
capítulo II, sección I, párrafo 2.004 (Método de la Acción Compulsiva), el
reglamento definía: “Toda acción que tienda a motivar conductas y actitudes por
apelaciones instintivas. Actuará sobre el instinto de conservación y demás
tendencias básicas del hombre (lo inconsciente). La presión insta por acción
compulsiva, apelando casi siempre al factor miedo. La presión psicológica
engendrará angustia, la angustia masiva y generalizada podrá derivar en temor y
eso basta para tener al público (blanco) a merced de cualquier influencia
posterior”.
Son estas
actividades las que centralmente requerían de un medio de comunicación masivo.
Es aquí donde el diario La Nueva Provincia cumplió su rol único e
intransferible: es esta la articulación necesaria entre prácticas genocidas y
medios de comunicación.
Los “medios del odio”
La
relación genocidio y medios de comunicación apareció ya en el juicio de
Nüremberg. Tres de los procesados, Alfred Rosemberg (“el filósofo” del nazismo
autor de la biblia racial El Mito del Siglo XX), Julius Streicher
(director del semanario antisemita Der Sturmer) y Hans Fritsche (la mano
derecha del Ministro de Propaganda Joseph Goebbels) estaban vinculados a
diversos nodos de la red asignadora de sentido del Tercer Reich. Los dos
primeros fueron sentenciados a muerte, el tercero paradójicamente, absuelto. En
su caso se señaló que “el Tribunal no está en condiciones de demonstrar que
incitaba a los alemanes a cometer atrocidades a los pueblos conquistados”. En
1947 fue nuevamente juzgado por actividades de propaganda, y esta vez condenado
a prisión.
El
verdadero salto conceptual se da en diciembre de 2000 cuando el Tribunal Penal
Internacional de Ruanda condena a prisión perpetua a Ferdinand Nahimana, Jean
Barayagwiza (director y fundador de la Radio de las 1000 Colinas) y Hassan
Ngeze (director de la Revista Kangura/Despertad) por genocidio e
incitación pública a cometerlo. La sentencia los definió como “medios del odio”
y señaló: “Ustedes sabían del poder que tenían las palabras”.
Los
fiscales de la causa apelaron inmediatamente la arbitraria ” falta de mérito ”
que favoreció a Vicente Massot , pidiendo la nulidad de la decisión del
cuestionado Claudio Pontet ,destacando su ” apuro por resolver el caso
porque conocía que su designación no responde a la ley …al estar recusado por
vínculos con imputados con delitos de lesa humanidad ”
La
argumentación jurídica presentada es contundente ” En el fallo ” medio una
arbitraria valoración de la prueba incorporada…un desentendimiento de los
elementos de cargo,una errónea y arbitraria valoración en cuanto al
carácter de lesa humanidad del hecho imputado y del enmarque del mismo dentro
del plan criminal “.
Pero la valoración más interesante está en otra
afirmación: Se “… enmarco el accionar de La Nueva Provincia dentro del derecho
a la libertad de expresión. No fue una sentencia, fue un alegato defensivo” .
Frente a estas afirmaciones, el fiscal Miguel Palazzani sostuvo “Tengo razones
para dudar de que no lo escribió solamente Pontet”. Nuevamente las
huellas de los criminales detrás del criminal. Las declaraciones con las que
ADEPA y la SIP celebraron la temporal resolución de “falta de mérito” (la
palabra celebrar es la que utiliza el diario La Nación al dar la noticia)
suenan así, mas a la expresión de alivio de un culpable que al simple apoyo
exculpador. Quizás esta vez los dueños de la palabra se equivocaron.
Quizás, acostumbrados a manipular la realidad la confundieron con sus deseos.
No sería la primera vez, tampoco la ultima.
Los
querellantes que representan a las víctimas del V Cuerpo de Ejército en Bahía
Blanca y a sus socios de La Nueva Provincia, seguramente consideran que
han perdido una batalla, pero no han perdido una guerra. La necesidad de
utilizar la arbitrariedad judicial para cerrar esta línea de investigación, nos
demuestra claramente no sólo el temor de los dueños del poder, sino también la
validez de las acusaciones fiscales, la persistencia de los intereses que en su
momento organizaron la Terrorismo de Estado y la necesidad de determinar el rol
de los verdaderos planificadores y dirigentes del genocidio reorganizador.
La
violencia por sí sola nunca es capaz de establecer un sistema de orden
hegemónico. La herramienta central es y será la configuración de una matriz
social de sentido. Por lo tanto para librar las verdaderas batallas que
permitan profundizar la democracia debemos entender el poder de las palabras y
las responsabilidades que derivan de su uso.
*Secretario
ejecutivo del Plan Nacional de Derechos Humanos (Secretaría de Derechos Humanos
de la Nación)