El empresario Vicente Massot, director del diario La
Nueva Provincia, de Bahía Blanca, y socio de la empresa desde principios
de los ’70, deberá declarar ante la Justicia sobre la participación
criminal en el genocidio que le imputa el Ministerio Público Fiscal y
sobre los asesinatos en 1976 de los obreros gráficos y delegados Enrique
Heinrich y Miguel Angel Loyola. La Cámara Federal de Bahía Blanca
revocó el fallo del juez federal subrogante Santiago Martínez, que de un
plumazo había rechazado el pedido de indagatoria al considerar que las
pruebas no eran suficientes, por lo que deberá ser otro magistrado –que
no se haya pronunciado sobre la acusación– quien le tome declaración.
Sobre la base de una presentación realizada por Massot para acceder al
expediente cuando todavía no había sido imputado, los camaristas Pablo
Candisano Mera y Angel Argañaraz dejaron una puerta abierta para que se
lo citara como testigo*, aunque destacaron que esa alternativa “no es
óbice para que el juez, si considera necesario interrogar al imputado,
le asigne forma de indagatoria”.
El tribunal que condenó al primer grupo de represores bahienses en
2012 ordenó en su sentencia que se investigue el rol de los directivos
de LNP en el terrorismo de Estado. Los jueces Jorge Ferro, Martín Bava y
José Triputti destacaron la “campaña de desinformación y propaganda
negra” del diario no sólo para “imponer la versión de los victimarios”,
sino para “crear un estado tal de anomia legal en la sociedad que
permitió el ejercicio brutal de la violencia irracional”. Recordaron que
el general Adel Vilas, segundo comandante del Cuerpo V, aludió a LNP
como un “valioso auxiliar de la conducción” y señalaron que la actuación
de los Massot “no se halla alejada de toda la ilegalidad que existía en
la época”.Cuando los fundamentos de la sentencia llegaron al juzgado de primera instancia, Massot, sin estar técnicamente acusado, presentó un escrito invocando un artículo del Código Procesal Penal que permite al potencial imputado declarar, aunque se limitó a pedir ser parte en la causa para poder acceder al expediente, pedido que el juez rechazó. En abril, los fiscales José Nebbia y Miguel Palazzani pidieron la detención e indagatoria de Massot y del ex secretario de redacción Mario Gabrielli, que murió en julio. La Procuración señaló la “participación criminal concreta y específica” disfrazada “bajo el ropaje de la actividad periodística” y desmenuzó “el ejercicio de funciones de acción psicológica” diagramadas en el Destacamento de Inteligencia 181.
Si bien las caras visibles del diario eran su directora, Diana Julio, y su hijo Federico Massot, ambos fallecidos, los fiscales destacaron que Vicente Massot tenía un rol “múltiple”, que al menos desde 1974 era socio de la empresa y que en septiembre de 1975, según consta en un acta, su mamá le encomendó “todo trato con el personal”. La fecha es significativa porque, por entonces, Prefectura elaboraba el informe de inteligencia que concluiría en la necesidad de “ralear” de “un MEDIO DE DIFUSION FUNDAMENTAL”, con mayúsculas, a los delegados que meses después serían secuestrados, torturados y asesinados. “Son investigados dos homicidios”, publicó LNP en 20 líneas cuando aparecieron los cadáveres y nunca más informó de los crímenes por los que en 2014 serán juzgados prefectos y marinos.
El juez Martínez, que había delegado la investigación en los fiscales, rechazó sin mayores fundamentos el pedido de indagatoria. Seis meses después, la Cámara revocó el fallo y volvió a poner en manos de un magistrado de primera instancia la decisión de detener a Massot, a quien defiende su cuñado Rubén Diskin, el abogado que en los ’80 defendió a Adel Vilas.
* Aclaración sobre un dato erróneo: Massot no puede ser
citado como TESTIGO sino sólo como IMPUTADO, tal como lo califica la Cámara Federal en reiteradas oportunidades y como
la Unidad Fiscal lo ha solicitado en su requerimiento y apelación. Los
artículos 73 y 279 del Código Procesal Penal que invocó para intentar acceder
al expediente antes de que se pidiera su indagatoria refieren ambos a
imputados, en su caso a partir de la sentencia del Tribunal Oral Federal que
ordenó investigar a los directivos de La Nueva Provincia. Que eventualmente se
lo cite en base al 279 (que trata sobre una situación abstracta, pues ya no
existe, y que permite al imputado y
sólo al imputado ejercer su “derecho de defensa material”) no significa
que la declaración no deba necesariamente convertirse un segundo después en
indagatoria (para que el acusado pueda ejercer junto con su abogado defensor el “derecho de defensa técnica”) ni
que el juez no pueda ordenar entonces su detención. DM
1 comentario:
Gracias por la noticia y por mantenernos siempre informados. Es justicia que se lo cite a declarar en carácter de imputado, a LNP se le tiene que caer la careta.
élida
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