miércoles, 1 de agosto de 2012

Alegato de fiscalía. 14. Pedido de penas.


Pedido de imposición de penas:
Yendo al petitorio, por todo lo expuesto a lo largo de este alegato el Ministerio Público Fiscal solicita al Tribunal:
Cuestiones planteadas durante el debate:
En primer término, con respecto a las cuestiones planteadas por las partes durante el debate, cuyo tratamiento fue diferido por el Tribunal al momento del dictado  de la sentencia:
1) Sobre la imputación efectuada en relación a Hugo Rodolfo CIARROCCA por el delito de falso testimonio, se disponga la remisión del acta y de las copias correspondientes al Juzgado Federal en turno.
2) Se rechace la imputación del delito de falso testimonio formulada contra el testigo Alejandro INCHAURREGUI.
3) Se imponga al Defensor Mauricio GUTIERREZ, la multa prevista en los artículos 159 y 370 del CPPN, y se notifique esa resolución al Colegio de Abogados de Bahía Blanca a los fines que correspondan, conforme lo solicitado por esta Fiscalía durante el debate.
4) Se declare abstracto el pedido de detención de Gloria GIROTTI solicitado por esta Fiscalía, en función que dicha petición se encuentra en trámite actualmente ante el Juzgado Federal nº1 de Bahía Blanca.
Artículo 29 CP:
En segundo lugar y en los términos y alcances expuestos respecto de la responsabilidad civil de los imputados, y de conformidad con lo previsto en el art.29 del Código Penal, se condene a –y voy a enumerar las sumas, cada una de ellas actualizables por el índice CER, tal como fue pedido-:
1.- Hugo Jorge DELME, al pago de la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS ($2.900.000.-);
2.- Carlos Alberto CONTRERAS, al pago de la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($3.300.000.-);
3.- Mario Carlos Antonio MÉNDEZ, al pago de la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($3.500.000.-);
4.- Héctor Luis SELAYA, al pago de la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($6.300.000.-);
5.- Héctor Jorge ABELLEIRA, al pago de la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000.-);
6.- Vicente Antonio FORCHETTI, al pago de la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000.-);
7.- Héctor Arturo GONCALVES, al pago de la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000.-);
8.- Osvaldo Bernardino PAEZ, al pago de la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000.-);
9.- Andrés Reinaldo MIRAGLIA, al pago de la suma de OCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($8.300.000.-);
10.- Jorge Aníbal MASSON, al pago de la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000.-);
11.- Juan Manuel BAYON, al pago de la suma de TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($13.500.000.-);
12.- Hugo Carlos FANTONI, al pago de la suma de DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($17.200.000.-);
13.- Jorge Enrique MANSUETTO SWENDSEN, al pago de la suma de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($25.500.000.-);
14.- Carlos Alberto TAFFAREL, al pago de la suma de CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS ($40.900.000.-);
15.- Jorge Horacio GRANADA, al pago de la suma de  CUARENTA Y UN MILLONES CIEN MIL PESOS ($41.100.000.-);
16.- Norberto Eduardo CONDAL, al pago de la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES  TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($42.350.000.-);
17.- Walter Bartolomé TEJADA, al pago de la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS ($43.900.000.-).
A los efectos de garantizar el cumplimiento de las condenas que esta Fiscalía solicita, se amplíen los embargos e inhibiciones de bienes vigentes, en función de la actualización de los montos, y se extiendan esas medidas a la totalidad de los bienes registrables y cuentas bancarias, cuya titularidad ostenten los acusados.

Destitución y exoneración:
Se libre oficio a la Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, remitiendo copia de la sentencia, a los efectos de que se inicie el proceso de destitución previsto en el Anexo IV de la ley 26.394 y se  apliquen las sanciones que correspondan dentro del ámbito militar.
En igual sentido al Ministerio de Seguridad de la Nación, remitiendo copia de la sentencia, para que se inicie el proceso de exoneración previsto en los artículos 114, 115, 118 y 120 de la ley 21.965.
Asimismo al Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, remitiendo copia de la sentencia, para que se inicie el proceso de destitución previsto en la ley 9578.
Excarcelación:
Se revoquen las excarcelaciones concedidas oportunamente a Héctor Jorge ABELLEIRA, Juan Manuel BAYON, Norberto Eduardo CONDAL, Carlos Alberto CONTRERAS, Hugo Jorge DELME, Vicente Antonio FORCHETTI, Héctor Arturo GONCALVES, Jorge Enrique MANSUETTO SWENDSEN, Andrés Reinaldo MIRAGLIA, Osvaldo Bernardino PÁEZ, Héctor Luis SELAYA, Walter Bartolomé TEJADA y asimismo, el beneficio de la detención domiciliaria concedido oportunamente a Carlos Hugo FANTONI.
Imposición de penas:
En virtud de lo dispuesto en los artículos 2, 12, 29 inc.3, 19, 20 bis, 45 y 55 del CP y 393, 398, 399, 400, 531 y ccs. del CPPN, se condene a:
1.- Carlos Alberto CONTRERAS, a la pena de VEINTIUN AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y por prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge Antonio ABEL, Héctor Juan AYALA, Oscar Amilcar BERMÚDEZ y Luis Miguel GARCÍA SIERRA.
2.- Héctor Luis SELAYA, a la pena de VEINTICINCO AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y por prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge Antonio ABEL, Héctor Juan AYALA, Víctor BENAMO, Patricia CHABAT, Luis Miguel GARCÍA SIERRA, Eduardo HIDALGO, Estrella MENNA, Juan Carlos MONGE y Orlando Luis STIRNEMANN.
Y por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI.
3.- Andrés Reinaldo MIRAGLIA, a la pena de VEINTICINCO AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y  prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge Antonio ABEL, Héctor Juan AYALA, Oscar BERMUDEZ, Pablo   BOHOSLAVSKY, Mario CRESPO, Patricia CHABAT, Luis GARCIA SIERRA, Héctor Osvaldo GONZÁLEZ, Susana MARTÍNEZ, Oscar MEILÁN, Juan Carlos MONGE, Alicia Mabel PARTNOY, Julio RUIZ, Rubén RUIZ y Carlos SANABRIA.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con lesiones gravísimas en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI.
4.- Juan Manuel BAYON, a la pena de PRISION PERPETUA,  inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Gustavo ARAGÓN, María Felicitas BALIÑA, Carlos CARRIZO, Claudio COLLAZOS, Simón León DEXTER, Estela Clara DI TOTO, Héctor FURIA, Guillermo IGLESIAS, María Cristina JESSENE, Braulio LAURENCENA, Alberto LEBED, Gustavo LÓPEZ, Horacio LÓPEZ, Ricardo MENGATTO, Héctor NUÑEZ, Vilma Diana RIAL, Manuel VERA NAVAS, Emilio VILLALBA.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a:
Jorge ABEL, Héctor AYALA, Néstor BAMBOZZI, Hugo BARZOLA, Víctor BENAMO, Pablo BOHOSLAVSKY, Mario CRESPO, Patricia CHABAT, Luis GARCIA SIERRA, Eduardo HIDALGO, Oscar MEILÁN, Estrella MENNA, Juan Carlos MONGE, María Cristina PEDERSEN, José María PETERSEN, Eduardo ROTH, Julio RUIZ, Rubén RUIZ, Rudy SAIZ, Orlando STIRNEMANN, Sergio VOITCUK y Renato ZOCCALI.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI y Nélida DELUCCI.
Por el delito de homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Néstor DEL RÍO, Daniel HIDALGO y Olga Silvia SOUTO CASTILLO.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Mónica MORÁN.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: María Eugenia GONZÁLEZ, María Graciela IZURIETA, Néstor Oscar JUNQUERA, Dora Rita MERCERO, Rubén SAMPINI, Luis Alberto SOTUYO –todos ellos bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo Daniel José BOMBARA, Juan Carlos CASTILLO, Cristina COUSSEMENT, Ricardo DEL RÍO, Pablo Francisco FORNASARI, Alberto Ricardo GARRALDA, Cesar Antonio GIORDANO, Zulma IZURIETA, Roberto LORENZO, Zulma MATZKIN, José Luis PERALTA, Carlos Roberto RIVERA, Norma ROBERTS, Darío José ROSSI y Manuel Mario TARCHITSKY.
5.- Norberto Eduardo CONDAL, a la pena de PRISION PERPETUA,  inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Mirna Edith ABERASTURI, Gustavo ARAGON, María Felicitas BALIÑA, Carlos CARRIZO, Claudio COLLAZOS, Estela DI TOTO, Daniel ESQUIVEL, Héctor FURIA, Guillermo GALLARDO, Carlos GENTILE, Guillermo IGLESIAS, María Cristina JESSENE, Braulio LAURENCENA, Alberto LEBED, Gustavo LOPEZ, Horacio LOPEZ, Ricardo MENGATTO, Héctor NUÑEZ, Vilma RIAL, Manuel VERA NAVAS y Emilio Rubén VILLALBA.
Asimismo por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge ABEL, Héctor AYALA, Néstor BAMBOZZI, Hugo BARZOLA, Víctor BENAMO, Oscar BERMUDEZ, Pablo BOHOSLAVSKY, Patricia CHABAT, Mario CRESPO, Luis GARCIA SIERRA, Héctor GONZÁLEZ, Eduardo HIDALGO, Susana Margarita MARTÍNEZ, Mario Edgardo MEDINA, Oscar MEILÁN, Estrella MENNA, Juan Carlos MONGE, Alicia PARTNOY,  María Cristina PEDERSEN, José María PETERSEN, Eduardo ROTH, Julio RUIZ, Rubén RUIZ, Rudy  SAIZ, Carlos SANABRIA, Orlando STIRNEMANN, Sergio VOITCUK y Renato ZOCCALI.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI y Nélida Esther DELUCCI.
Por el homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Patricia Elizabeth ACEVEDO, Daniel Guillermo HIDALGO y Olga Silvia SOUTO CASTILLO.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Mónica MORÁN.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Néstor Alejandro BOSSI, María Eugenia GONZÁLEZ, María Graciela IZURIETA, Fernando JARA, Néstor Oscar JUNQUERA, Dora Rita MERCERO, Julio MUSSI, Rubén SAMPINI y Luis Alberto SOTUYO –todos ellos bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo  Juan Carlos CASTILLO, Nancy Griselda CEREIJO, Cristina Elisa COUSSEMENT, Ricardo Gabriel DEL RÍO, María Angélica FERRARI, Pablo Francisco FORNASARI, Elizabeth FRERS, Ricardo Alberto GARRALDA, Cesar Antonio GIORDANO, Stella Maris IANARELLI, Carlos Mario ILLACQUA, Zulma IZURIETA, Andrés LOFVALL, Roberto LORENZO, Zulma MATZKIN, José Luis PERALTA, Carlos Roberto RIVERA, María Elena ROMERO,  Darío José ROSSI, Manuel Mario TARCHITSKY, Susana Elba TRAVERSO y Gustavo Marcelo YOTTI.
6.- Hugo Jorge DELME: a la pena de PRISION PERPETUA,  inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de menores del que resultó ser víctima el hijo nacido durante el cautiverio  de Graciela Alicia ROMERO –bajo la modalidad de desaparición forzada de personas-.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, de los que resultaron víctimas: Daniel Osvaldo ESQUIVEL y Carlos Alberto GENTILE.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Oscar BERMUDEZ, Patricia CHABAT, Héctor GONZÁLEZ, Susana Margarita MARTÍNEZ, Alicia PARTNOY y Carlos SANABRIA.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Néstor Alejandro BOSSI –bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y Nancy Griselda CEREIJO, María Angélica FERRARI, Elizabeth FRERS, Cesar Antonio GIORDANO, Stella Maris IANARELLI, Carlos Mario ILLACQUA, Zulma Araceli IZURIETA, Andrés LOFVALL, María Elena ROMERO,  Darío José ROSSI, Susana Elba TRAVERSO y Gustavo Marcelo YOTTI.
7.- Jorge Enrique MANSUETTO SWENDSEN: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de menores de los que resultaron ser víctimas los hijos nacidos durante el cautiverio de Graciela Alicia ROMERO y María Graciela IZURIETA.
Por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Gustavo Fabián ARAGÓN, Carlos CARRIZO, Daniel Osvaldo ESQUIVEL, Guillermo IGLESIAS, Alberto LEBED, Gustavo LÓPEZ, Ricardo MENGATTO, Vilma Diana RIAL, y Emilio VILLALBA.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge ABEL, Héctor AYALA, Néstor BAMBOZZI, Oscar BERMUDEZ, Pablo BOHOSLAVSKY, Mario CRESPO, Patricia CHABAT, Luis GARCIA SIERRA, Héctor GONZÁLEZ, Oscar MEILÁN, Juan Carlos MONGE, Alicia PARTNOY, José María PETERSEN, Eduardo ROTH, Julio RUIZ, Rubén RUIZ, Carlos SANABRIA, Sergio VOITCUK y Renato ZOCCALI.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI.
Por el homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Patricia Elizabeth ACEVEDO.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: María Eugenia GONZÁLEZ, María Graciela IZURIETA, Fernando JARA, Néstor Oscar JUNQUERA, Julio MUSSI –todos ellos bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo  Nancy Griselda CEREIJO, Ricardo Gabriel DEL RÍO, María Angélica FERRARI, Elizabeth FRERS, César Antonio GIORDANO, Stella Maris IANARELLI, Carlos Mario ILLACQUA, Zulma IZURIETA, Andrés LOFVALL, Carlos Roberto RIVERA, María Elena ROMERO,  Darío José ROSSI y Gustavo Marcelo YOTTI.
Solicito además su condena como miembro de la asociación ilícita, que oportunamente se le imputó y por la que resultó ser procesado.
8.- Mario Carlos Antonio MÉNDEZ: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Gustavo Fabián ARAGÓN, Carlos CARRIZO, Guillermo IGLESIAS, Alberto LEBED, Gustavo LÓPEZ, Ricardo MENGATTO y Emilio VILLALBA.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Néstor BAMBOZZI, José María PETERSEN, Eduardo ROTH, Sergio VOITCUK y Renato ZOCCALI.
Por los homicidios calificados por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Patricia Elizabeth ACEVEDO, Daniel Guillermo HIDALGO y Olga Silvia SOUTO CASTILLO.
9.- Jorge Aníbal MASSON: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Dora Rita MERCERO y Luis Alberto SOTUYO – bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo Juan Carlos CASTILLO, Cristina Elisa COUSSEMENT,  Pablo Francisco FORNASARI, Alberto Ricardo GARRALDA, Roberto LORENZO, Zulma MATZKIN, José Luis PERALTA y Manuel Mario TARCHITSKY.
10.- Osvaldo Bernardino PÁEZ: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Claudio COLLAZOS, Simón León DEXTER, Estela DI TOTO, Héctor FURIA, Braulio LAURENCENA, Horacio Alberto LOPEZ, Héctor NUÑEZ, Vilma RIAL y Manuel VERA NAVAS.
Por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge ABEL, Hugo BARZOLA, Víctor BENAMO, Pablo BOHOSLAVSKY, Mario CRESPO, Luis GARCIA SIERRA, Oscar MEILÁN, Estrella MENNA, Juan Carlos MONGE, Julio RUIZ, Rubén RUIZ, Rudy  SAIZ y Orlando STIRNEMANN.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Mónica MORÁN.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: María Eugenia GONZÁLEZ, Néstor Oscar JUNQUERA, Dora Rita MERCERO, Rubén SAMPINI y Luis Alberto SOTUYO –todos ellos bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo  Juan Carlos CASTILLO, Cristina Elisa COUSSEMENT, Ricardo Gabriel DEL RÍO, Pablo Francisco FORNASARI, Roberto LORENZO, Zulma MATZKIN, José Luis PERALTA, Carlos Roberto RIVERA, Darío José ROSSI y Manuel Mario TARCHITSKY.
11.- Carlos Alberto TAFFAREL: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, de los que resultaron víctimas: Mirna Edith ABERASTURI, Gustavo ARAGÓN, María Felicitas BALIÑA, Carlos CARRIZO, Claudio COLLAZOS, Estela Clara DI TOTO, Daniel Osvaldo ESQUIVEL, Héctor FURIA, Guillermo GALLARDO, Carlos Alberto GENTILE,  Guillermo IGLESIAS, María Cristina JESSENE, Braulio LAURENCENA, Alberto LEBED, Gustavo LÓPEZ, Horacio LÓPEZ, Ricardo MENGATTO, Héctor NUÑEZ, Vilma Diana RIAL, Manuel VERA NAVAS y Emilio Rubén  VILLALBA.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a:
Jorge ABEL, Héctor AYALA, Néstor BAMBOZZI, Hugo BARZOLA, Víctor BENAMO, Oscar BERMÚDEZ, Pablo BOHOSLAVSKY, Mario CRESPO, Patricia CHABAT, Luis Miguel GARCIA SIERRA, Héctor GONZÁLEZ, Eduardo HIDALGO, Susana MARTÍNEZ, Mario Edgardo MEDINA,  Oscar MEILÁN, Estrella MENNA, Juan Carlos MONGE, Alicia PARTNOY, María Cristina PEDERSEN, José María PETERSEN, Eduardo Gustavo ROTH, Julio RUIZ, Rubén RUIZ, Rudy Omar SAIZ, Carlos SANABRIA,  Orlando STIRNEMANN, Sergio VOITCUK y Renato ZOCCALI.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI y Nélida DELUCCI.
Por el homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Patricia Elizabeth ACEVEDO, Daniel Guillermo HIDALGO y Olga Silvia SOUTO CASTILLO.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Mónica MORÁN.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Néstor Alejandro BOSSI, María Eugenia GONZÁLEZ, María Graciela IZURIETA, Fernando JARA, Néstor Oscar JUNQUERA, Dora Rita MERCERO, Julio MUSSI, Rubén SAMPINI y Luis Alberto SOTUYO –todos ellos bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo Juan Carlos CASTILLO, Nancy Griselda CEREIJO, Cristina COUSSEMENT, Ricardo DEL RÍO, María Angélica FERRARI, Pablo Francisco FORNASARI, Elizabeth FRERS, Ricardo Alberto GARRALDA, Cesar Antonio GIORDANO, Stella Maris IANARELLI, Carlos Mario ILLACQUA, Zulma IZURIETA, Andrés Oscar LOFVALL, Roberto LORENZO, Zulma MATZKIN, José Luis PERALTA, Carlos Roberto RIVERA, María Elena ROMERO, Darío José ROSSI, Manuel Mario TARCHITSKY, Susana Elba TRAVERSO y Gustavo Marcelo YOTTI.
12.- Walter Bartolomé TEJADA: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de menores de los que resultaron víctimas los hijos nacidos durante el cautiverio de Graciela Alicia ROMERO y María Graciela IZURIETA.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Mirna Edith ABERASTURI, Gustavo ARAGÓN, María Felicitas BALIÑA, Carlos CARRIZO, Claudio COLLAZOS, Estela Clara DI TOTO, Daniel Osvaldo ESQUIVEL, Héctor FURIA, Guillermo GALLARDO, Carlos Alberto GENTILE,  Guillermo IGLESIAS, María Cristina JESSENE, Braulio LAURENCENA, Alberto LEBED, Gustavo LÓPEZ, Horacio LÓPEZ, Ricardo MENGATTO y Emilio Rubén  VILLALBA.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a:
Jorge ABEL, Héctor AYALA, Néstor BAMBOZZI, Hugo BARZOLA, Víctor BENAMO, Oscar BERMÚDEZ, Pablo BOHOSLAVSKY, Mario CRESPO, Patricia CHABAT, Luis Miguel GARCIA SIERRA, Héctor GONZÁLEZ, Eduardo HIDALGO, Susana MARTÍNEZ, Mario Edgardo MEDINA,  Oscar MEILÁN, Estrella MENNA, Juan Carlos MONGE, Alicia PARTNOY, María Cristina PEDERSEN, José María PETERSEN, Eduardo Gustavo ROTH, Julio RUIZ, Rubén RUIZ, Rudy Omar SAIZ, Carlos SANABRIA,  Orlando STIRNEMANN, Sergio VOITCUK y Renato ZOCCALI.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI y Nélida DELUCCI.
Homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Patricia Elizabeth ACEVEDO, Daniel Guillermo HIDALGO y Olga Silvia SOUTO CASTILLO.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Mónica MORÁN.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Néstor Alejandro BOSSI, María Eugenia GONZÁLEZ, María Graciela IZURIETA, Fernando JARA, Néstor Oscar JUNQUERA, Dora Rita MERCERO, Julio MUSSI, Rubén SAMPINI y Luis Alberto SOTUYO –todos ellos bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo de Daniel José BOMBARA, Juan Carlos CASTILLO, Nancy Griselda CEREIJO, Cristina COUSSEMENT, Ricardo DEL RÍO, María Angélica FERRARI, Pablo Francisco FORNASARI, Elizabeth FRERS, Alberto Ricardo GARRALDA, Cesar Antonio GIORDANO, Stella Maris IANARELLI, Carlos Mario ILLACQUA, Zulma IZURIETA, Andrés Oscar LOFVALL, Roberto LORENZO, Zulma MATZKIN, José Luis PERALTA, Carlos Roberto RIVERA, María Elena ROMERO, Darío José ROSSI, Manuel Mario TARCHITSKY, Susana Elba TRAVERSO y Gustavo Marcelo YOTTI.
13.- Héctor Jorge ABELLEIRA: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de abandono de personas, del que resultaron víctimas Guadalupe y Sebastián MEILÁN.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Vilma Diana RIAL.
Por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge ABEL, Héctor Juan AYALA, Oscar Amilcar BERMÚDEZ, Mario CRESPO, Luis GARCIA SIERRA y Oscar MEILÁN.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultara víctima Darío José ROSSI.
14.- Héctor Arturo GONCALVES: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de abandono de personas, del que resultaron víctimas Guadalupe y Sebastián MEILÁN.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Vilma Diana RIAL.
Por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Jorge ABEL, Héctor Juan AYALA, Oscar Amilcar BERMÚDEZ, Mario CRESPO, Luis GARCIA SIERRA y Oscar MEILÁN.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultara víctima Darío José ROSSI.
15.- Hugo Carlos FANTONI: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de menores del que resultó víctima el hijo nacido durante el cautiverio de Graciela Alicia ROMERO.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a: Mirna Edith ABERASTURI,  Gustavo ARAGÓN, Carlos CARRIZO, Daniel ESQUIVEL, Guillermo GALLARDO, Carlos Alberto GENTILE,  Alberto LEBED, Gustavo Darío LÓPEZ, Ricardo MENGATTO y Emilio Rubén  VILLALBA.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en relación a los casos que tuvieron por víctimas a:
Néstor Daniel BAMBOZZI, Oscar BERMÚDEZ, Héctor GONZÁLEZ, Susana MARTÍNEZ, Oscar MEILÁN,  Alicia PARTNOY, José María PETERSEN, Eduardo Gustavo ROTH, Carlos SANABRIA, Sergio VOITCUK y Renato ZOCCALI.
Homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Patricia Elizabeth ACEVEDO.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Julio MUSSI –bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo de Nancy Griselda CEREIJO, María Angélica FERRARI, Elizabeth FRERS, Cesar Antonio GIORDANO, Stella Maris IANARELLI, Carlos Mario ILLACQUA, Zulma Araceli IZURIETA, Andrés Oscar LOFVALL, María Elena ROMERO, Darío José ROSSI y Gustavo Marcelo YOTTI.
16.- Vicente Antonio FORCHETTI: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de abandono de personas, del que resultaron víctimas Guadalupe y Sebastián MEILÁN.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Vilma Diana RIAL.
Por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, de los que resultaron víctimas: Jorge ABEL, Héctor Juan AYALA, Oscar Amilcar BERMÚDEZ, Mario CRESPO, Luis GARCIA SIERRA y Oscar MEILÁN.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, del que resultara víctima Darío José ROSSI.
17.- Jorge Horacio GRANADA: a la pena de PRISION PERPETUA, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, de los que resultaron víctimas: Mirna Edith ABERASTURI, Gustavo ARAGÓN, María Felicitas BALIÑA, Carlos CARRIZO, Claudio COLLAZOS, Estela Clara DI TOTO, Daniel Osvaldo ESQUIVEL, Héctor FURIA, Guillermo Pedro GALLARDO, Guillermo Oscar IGLESIAS, María Cristina JESSENE, Braulio Raúl LAURENCENA, Alberto LEBED, Gustavo LÓPEZ, Horacio LÓPEZ, Ricardo MENGATTO, Héctor NUÑEZ, Vilma Diana RIAL, Manuel VERA NAVAS y Emilio Rubén  VILLALBA.
Por la  privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, de los que resultaron víctimas: Jorge ABEL, Héctor AYALA, Néstor BAMBOZZI, Hugo BARZOLA, Víctor BENAMO, Oscar BERMÚDEZ, Pablo BOHOSLAVSKY, Patricia CHABAT, Mario Rodolfo Juan CRESPO, Luis Miguel GARCIA SIERRA, Héctor GONZÁLEZ, Eduardo HIDALGO, Susana MARTÍNEZ, Mario Edgardo MEDINA,  Oscar MEILÁN, Estrella MENNA, Juan Carlos MONGE, Alicia PARTNOY, María Cristina PEDERSEN, José María PETERSEN, Eduardo Gustavo ROTH, Julio RUIZ, Rubén RUIZ, Rudy Omar SAIZ, Carlos Samuel SANABRIA,  Orlando Luis STIRNEMANN, Sergio VOITCUK y Renato Salvador ZOCCALI.
Asimismo por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real por lesiones gravísimas, en perjuicio de Eduardo Mario CHIRONI y Nélida DELUCCI.
Homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Patricia Elizabeth ACEVEDO, Daniel Guillermo HIDALGO y Olga Silvia SOUTO CASTILLO.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas, con el fin de lograr la impunidad, del que resultó víctima Mónica MORÁN.
Por la privación ilegal de la libertad, agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, y en concurso real con  homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometidos con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, de los que resultaron víctimas: Néstor Alejandro BOSSI, María Eugenia GONZÁLEZ, María Graciela IZURIETA, Fernando JARA, Néstor Oscar JUNQUERA, Dora Rita MERCERO, Julio MUSSI, Rubén SAMPINI y Luis Alberto SOTUYO –todos ellos bajo la modalidad de desaparición forzada de personas- y asimismo de Daniel José BOMBARA, Juan Carlos CASTILLO, Nancy Griselda CEREIJO, Cristina COUSSEMENT, Ricardo DEL RÍO, María Angélica FERRARI, Pablo Francisco FORNASARI, Elizabeth FRERS, Alberto Ricardo GARRALDA, Cesar Antonio GIORDANO, Stella Maris IANARELLI, Carlos Mario ILLACQUA, Zulma IZURIETA, Andrés Oscar LOFVALL, Roberto LORENZO, Zulma MATZKIN, José Luis PERALTA, Carlos Roberto RIVERA, María Elena ROMERO, Darío José ROSSI, Manuel Mario TARCHITSKY, Susana Elba TRAVERSO y Gustavo Marcelo YOTTI.

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