miércoles, 1 de agosto de 2012

Alegato de fiscalía. 3. Valoración de la prueba.


- Azzolin (Fiscal)  Gracias señor presidente. Bien, continuando el camino hacia lo que van a ser la descripción de los hechos que la fiscalía considera que se encuentran acreditados, creemos necesario hacer una breve mención a como consideramos que las pruebas incorporadas al debate tienen que ser valoradas. En ese sentido, sabemos todos que la regla con la que los jueces se tienen que basar para valorar las pruebas, son las reglas de la sana critica que están expresamente contempladas en el Art. 398 del Código Procesal Penal que se basan en un eficaz razonamiento lógico, en la experiencia común, en las reglas de la psicología y de la experiencia. Esto, entendemos, que conlleva a apreciar los elementos incorporados al expediente sin ninguna pauta rígida, como habremos tenido en otras etapas del juzgamiento en materia penal. Y esto también explica, la inexistencia de pautas rígidas, a que los hechos tienen que ser valorados conforme a las circunstancias en las que se fueron cometiendo. En otras palabras, las particularidades de cada caso tienen que ser tenidas en cuenta por el tribunal porque son relevantes a la hora de considerar que hechos se encuentran acreditados, no el lo mismo por ejemplo el estándar probatorio que puede fijar el tribunal para acreditar la comisión de un hecho cometido a la vista de muchas personas, que la comisión de un hecho cometido en privado. Tampoco es lo mismo usar un standar probatorio de hechos cometidos recientemente que usar un standar probatorio similar para hechos cometidos hace mas de 30 años, cometidos desde el estado y en el marco de un plan que estaba destinado a borrar cualquier rastro de la comisión de esos hechos. Por eso los autores de esos hechos no se identificaban, las victimas de esos hechos permanecían tabicadas, a veces identificadas solamente por números, los secuestros eran realizados de noche, en zonas liberadas que permitían que  poca gente viera lo que sucedía, por eso no hay documentación, mucha fue incinerada por directivas expresas de lo ultimo que quedaba del gobierno de facto y la poca documentación que quedo sigue siendo difícil de conseguir, muy probablemente porque este oculta.
Teniendo en cuenta este panorama, entendemos que la prueba testimonial es la que mas se trabajo en el debate, declararon una enorme cantidad de testigos es lo que mas llevo tiempo de las audiencias, aparece en forma preponderante, es la prueba de mayor relevancia que tiene que tener en cuenta el tribunal, la prueba testimonial ya fue valorada, ya fue tenida en cuenta como elemento de prueba relevante por la Cámara Federal de la Capital federal en la causa 1384, que todos conocemos como el Juicio a la Junta, y ese lineamiento, ese criterio de dar gran importancia a la prueba testimonial ha sido seguida por una gran cantidad de tribunales que se han encargado de juzgar hechos como los que ahora ustedes tiene que juzgar. Lo que vamos a ver de la prueba testimonial es que muchos segmentos de la prueba testimonial no se construyen con un solo testigo, sino que tenemos testigos que declaran sobre diversos aspectos y la tarea que tiene el tribunal, y en el sentido también hará la fiscalía, es de ir armando las piezas, ir colocando las declaraciones en contexto y en cada lugar para ir reconstruyendo un hecho. Tal vez estemos acostumbrados a escuchar o a valorar pruebas de testigos que ven toda una secuencia delictiva, todo un segmento de un hecho, sin embargo estos juicios tienen la particularidad de que esa prueba testimonial a veces no es así, y ese es un elemento que solicitamos se tenga en cuenta. También solicitamos que se tengan en cuenta que a veces muchos segmentos de la imputación no están probado por un solo testigo, y todos sabemos que la regla que dice que no se puede probar un hecho con un solo testigo ya no esta vigente en función de la sana critica y este criterio también ha sido reconocido por muchos tribunales.
Otro elemento de prueba al cual le damos especial importancia es el que surge de la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas). Todos hablamos de la Conadep y me parece necesario por lo menos recordar que este es un organismo que fue creado por un Decreto Presidencial, era un organismo público en los términos del Art. 33 de Código Civil, sus integrantes eran funcionarios públicos, los documentos que elaboraban eran instrumentos públicos en los términos de Art. 971 Inc. 2 del Código Civil y es en plena fe de las circunstancias contenidas allí.
El trabajo de la comisión fue enorme en ese momento. Elaboro más de 7 mil legajos comprensivos de declaraciones de victimas, de testigos, inspecciono centros clandestinos, identifico centros clandestinos, entrevisto a miembros de las fuerzas de seguridad encargadas del aparato represivo, recolecto documentación y eso tiene mucho valor, primero porque fue realizada en una etapa muy cercana a la comisión de los hechos en un momento del país el cual no era este, segundo porque toda esa documentación fue volcada en una publicación que es el NUNCA MAS, que en algún juicio, algún abogado defensor lo considero un librito, y sin embargo es en definitiva, el resultado de un trabajo hecho por funcionarios públicos, y es en definitiva el resumen de instrumentos públicos que son lo legajos Conadep que fueron incorporados al debate.
Simplemente el informe permite comprobar la existencia de centros clandestinos, la existencia de una metodología que se aplico en todo el país, y eso es muy importante porque la Conadep se encargo de recoger testimonios a lo largo de todo el país y permitió describir una sistemática en materia de detenciones  por grupos de tareas en determinadas circunstancias se replicaban en todos los lugares de la argentina, privaciones de la libertad, interrogatorios bajo tormentos en CCD ubicados en todo el país, como dijo el Dr. CORDOBA, argentina se había convertido en un gran centro de concentración, lo que pasaba en Bahía Blanca se replicaba en salta, lo que pasaba en Mar del Plata se replicaba en Bs As, lo que pasaba en Neuquén se replicaba en Tucumán, esto no es azaroso, esto respondía a un plan y es lo que permite demostrar de por si la incorporación del Nunca mas al debate, mas allá de que luego vamos a ver que todas esas circunstancias se acreditan en todos y en cada uno de los hechos que vamos a considerar probados. Obviamente, el informe de la Conadep acredita la existencia de un Golpe de Estado y de la usurpación del poder constitucional por parte del Ejercito Argentino, entre 1976 y 1983, hecho que por lo demás es de público y notorio conocimiento, sin embargo nos parece interesante recalcarlo.
Otro elemento de prueba y que tiene que ver con el planteo que se hizo recién son los legajos de la Ex Dirección de Inteligencia de la Provincia de Buenos Aires, la DIPBA, que fue cerrada en 1998, y cuyos archivos fueron desclasificados y transferidos a la Comisión Provincial de la Memoria de La provincia, que actualmente la gestiona en el marco del juicio por la verdad que realiza la Cámara Federal de La Plata.
Algo introdujo el Dr. Córdoba en su exposición, ese archivo que era el archivo del área de inteligencia de toda la provincia d Bs As estaba basado en fichas, esas fichas remitían a legajos, esos legajos estaban clasificados en factores: políticos, social, económico, religioso, estudiantil, laboral, y luego en mesas o secciones. Destaco algunas: la actividad estudiantil y política que era la mesa A, la gremial que era la B, el comunismo que era la C y la mesa de delincuentes subversivos DS. Lo relevante de este archivo, algo vimos recién, es que mas allá de documentar la forma en que se realizaba espionaje político e ideológico en nuestro país hasta no hace tanto tiempo y desde hace mucho tiempo atrás de la comisión de estos hechos, es la existencia, y esto es lo relevante, de información concreta de los casos que vamos a juzgar, o que el tribunal tiene que juzgar y que permite acreditar entre muchas otras cosas la investigación ideológica de las que eran objeto muchas personas de la sociedad bahiense, incluidas muchas de las victimas cuyos casos estamos juzgando aquí. La existencia de ese archivo muestra como era de esperarse que la burocracia estatal estuvo presente durante la dictadura militar, generando constancias documentales que escaparon en algunos casos la incineración dispuesta en los últimos meses del gobierno de facto.
Claudia BELINGIERI 11:38 declaro en el debate y explicó como estaba organizado el archivo, mas allá de que esta información es publica, comento lo que significaba la comunidad informativa, también fue mencionada hace unos minutos por el Dr. CORDOBA, y esto tiene que ver, para entender la importancia que tiene este archivo y la importancia que tiene que dársele, por lo menos a criterio nuestro, a la prueba documental que surge de allí. No es el archivo de la ex DIPBA un colección de  papelitos que algún policía trasnochado se dedico a juntar. Esto era parte de un plan establecido que tenia que ver con la existencia de la comunidad informativa a la que hizo referencia BELINGIERI, que es una de las peritos que gestiona el archivo, y probablemente sea una de las que mas conozca en materia de información de inteligencia en el país. Esto es la muestra de la comunidad de inteligencia en argentina, porque este archivo no solamente tienen casos relacionados con las victimas de Bahía Blanca, hemos encontrados casos de la provincia de Salta, de otras ciudades de la provincia de Buenos Aires, hemos encontrado casos de la provincia de Córdoba, de Tucumán, y eso que tiene que ver con el viaje de la información que hacia a lo largo de todo el país a través de las comunidades informativas? Las comunidades informativas no existían solo en Bahía Blanca, existían en todo el país, están documentadas por ejemplo en Córdoba las reuniones de la comunidad informativa encabezadas por Benjamín MENENDEZ; Jefe del III Cuerpo de Ejercito con los integrantes de las áreas que operaban en la provincia de Córdoba en ese momento. Están documentadas en actas que fueron encontradas de casualidad en la sede de la delegación Córdoba de la Policía federal Argentina.
Esa información se distribuía a todo el país, porque dentro de lo que estaba establecido como plan del ejercito era necesario que todas las áreas tengan información relacionadas con los “delincuentes subversivos” o las actividades políticas y gremiales, y eso tiene que ver con la caracterización de todo un aspecto de la sociedad argentina, por eso muchos años después en uno de los informes que destacó el Dr. CORDOBA, la Prefectura Naval solicitaba antecedentes ideológicos de determinadas personas, donde iban a buscar estos datos, a archivos como los que nos estamos refiriendo. Obviamente esos archivos no eran exclusivamente de la policía, sino que se nutrían de todas las áreas, y por eso tenemos incorporados al expediente información que enviaba o solicitaba  la Prefectura Naval Argentina al Ejercito, a la policía Federal, a la policía de la provincia de buenos aires, a la Secretaria de Inteligencia del Estado en ese momento. La comunidad informativa se nutria de todos estos elementos, y la información circulaba desde los últimos estratos del poder hacia arriba y viceversa. La información fluía de abajo para arriba y de arriba para abajo, fundamentalmente por los que los integrantes de la comunidad informativa de las altas jerarquías no tenían la bola de cristal para saber quienes estaban enmarcados en lo que ellos consideraban actividades subversivas. Esa información se obtenía de la información del trabajo de campo que realizaba la actividad de inteligencia. Luego vamos a ver que ese trabajo de campo que realizaba la actividad de inteligencia estaba fundamentalmente nutrido de la información que extraían a los detenidos bajo tormentos. Durante el debate, si ustedes recuerdan, declaró ya el año pasado un ex comisario RAVI que termino detenido. Entre las actividades que realizo RAVI, y esto a titulo informativo, estaba la de integrar la Dirección de Inteligencia de Bahía Blanca, y cuando yo le pregunte cual era su función, él menciono la de reunión de información, reunión de documentación, dijo algo así. Mucha de la actividad de inteligencia tenia que ver con recolectar recortes de diarios, establecer cuales eran los blancos potenciales en la ciudad, donde estaban las usinas, donde estaban los caminos, donde estaban los puentes. Muchos S2 dicen que su actividad de inteligencia se limitaba solamente a eso y es verdad que reglamentariamente esa actividad de inteligencia tenia por objeto eso, pero lo que queremos dejar sentado desde ahora y luego vamos a trabajar sobre eso, que esa no era la única actividad de inteligencia  y cada uno de los documentos que vamos a ir mencionando a lo largo de esta exposición demuestran que eso así no paso, una pequeña muestra de eso es esa tarea de inteligencia sobre una misa, realizada sobre quien estaba y sobre que se estaba hablando en ese momento. Estos elementos de prueba son algunos de los pilares que consideramos necesarios, sobre los que vamos a basar nuestra acusación, lo que solicitamos al Tribunal es que tenga en cuenta estos elementos, tenga en cuenta el contexto histórico en el cual fueron cometidos los hechos, sepa de las particularidades probatorias que tiene la realización de estos casos lo que pedimos no es un sistema de valoración Ad Hoc de pruebas, sino que agoten la capacidad de rendimiento de la sana critica para acreditar los segmentos de imputación, no podemos juzgar hechos cometidos hace treinta años en un plan sistemático de extermiñio y de ocultación  con los mismos baremos que juzgaríamos hechos cometidos en democracia a la vista de todos.

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